Cainfo celebra archivo de demanda contra periodistas de Tacuarembó y expresa preocupación por proceder de una fiscal 

El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (Cainfo), celebra la decisión del juez de Tacuarembó José Silvestri García de archivar la denuncia por difamación e injurias presentada por la fiscal penal de 2° Turno de ese departamento, Irena Penza (foto), contra los periodistas Sebastián Ríos y Jorge del Pino de radio La Kandela.
No obstante, Cainfo expresa su preocupación por la actuación de la fiscal en este caso que tuvo un «flagrante apartamiento» de la Ley N° 16.099 referida a la “Libertad de comunicación de pensamientos y libertad de información”.
La cobertura de los periodistas refería a temas de interés público para la localidad y contenía críticas al accionar del Ministerio Público y de un policía.
La situación se planteó tras el reclamo de la propiedad de un predio en Tacuarembó por parte de una mujer que adujo ser la titular legítima por derechos sucesorios. Al visitar la propiedad, encontró que la vivienda estaba ocupada desde hacía cuatro años por otra persona, quien le remitió a un conocido que se negó a entregarla. La mujer fue llevada a la seccional e interrogada sin orden judicial, según su testimonio, recogido por Radio La Kandela y el semanario «Nuevo Batovì».
Los periodistas en la cobertura del caso señalaron que el proceder policial fue irregular y mencionaron la falta de documentación para trasladar e interrogar a la joven, así como criticaron la actuación de la fiscal Penza.
La representante del Ministerio Público presentó ante el juzgado de Tacuarembó una denuncia contra los periodistas por un delito de “difamación e injurias” y planteó que “se dicte sentencia condenando al medio de prensa en la figura de sus representantes a la pena de 4 meses de prisión y multa de 15 UR (Unidades Reajustables) salvo que acceda a la RETRACTACIÓN y DERECHO DE RESPUESTA”.
En el escrito presentado ante el juez, la fiscal afirmó que el medio de comunicación “no realizó un adecuado manejo de la información subjetiva brindada por las indagadas” y actuaron con “real malicia”, esto es con la intención de causar daño.
Atendiendo los antecedentes, el juez Silvestri García resolvió este lunes 5 de febrero archivar la denuncia basado entre otros argumentos en que el nuevo Código de Proceso Penal (ley 19.293) en el artículo 404 deroga el artículo 35 de la ley 16.009 sobre el procedimiento en los delitos de comunicación.
Asimismo, afirmó que la fiscal Penza, cometió un «flagrante apartamiento» de la norma «por haber deducido demanda acusatoria en ostensible contradicción» con lo establecido en los artículos 34 (el ofendido debe presentar la denuncia en un Juzgado) y 35 (actuación del Juzgado) de la Ley N° 16.099. Si bien el dictamen judicial se apega a la ley no se pronuncia sobre el fondo del asunto, vinculado a la libertad de expresión.
Cainfo expresa su preocupación por la actuación de esta integrante del Ministerio Público en coberturas periodísticas de temas de interés general y reitera que en una sociedad democrática los funcionarios públicos están más expuestos al escrutinio y la crítica del público.
Además, acciones de este tipo pueden generar un efecto inhibidor para el periodismo, afectando el tratamiento de temas de interés social que involucren a funcionarios públicos.





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