Relatoría Especial condena asesinato de comunicador en Honduras

21-12-2014

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) condena el asesinato del comunicador Reynaldo Paz Mayes, propietario del Canal 28, ocurrido el 15 de diciembre en la ciudad de Comayagua, departamento de Comayagua, Honduras. La Relatoría manifiesta su profunda preocupación e insta a las autoridades hondureñas a actuar con urgencia para identificar los motivos del crimen e investigar, juzgar y condenar a los responsables materiales e intelectuales de este asesinato.

De acuerdo con la información recibida, Paz Mayes realizaba ejercicio en horas de la mañana en un centro deportivo de la ciudad cuando fue atacado por desconocidos quienes le dispararon al menos en dos ocasiones. El empresario también dirigía programas de opinión crítica y análisis sobre la situación del país.

Para la Relatoría Especial es fundamental que el Estado hondureño esclarezca a la mayor brevedad posible la causa de este crimen, identifique, procese y sancione a los responsables, y adopte medidas de reparación justas para los familiares de la víctima. Ante la serie de asesinatos cometidos contra comunicadores en Honduras desde 2009 resulta imprescindible que el Estado investigue de forma completa, efectiva e imparcial estos crímenes que afectan a toda la sociedad hondureña.

La Relatoría Especial insiste en la necesidad de crear cuerpos y protocolos especiales de investigación, así como mecanismos de protección destinados a garantizar la integridad de quienes se encuentran amenazados por el ejercicio de su actividad periodística. Durante la reciente visita in loco a Honduras, la CIDH consideró que las autoridades debían asegurar que el proyecto de ley de protección para las y los defensores de derechos humanos, periodistas, comunicadores sociales y operadores de justicia, sea aprobado de manera urgente. La CIDH también exhortó al Estado a continuar el diálogo con todos los sectores involucrados con el objetivo de tomar en consideración sus preocupaciones y los estándares internacionales aplicables en materia de mecanismos de protección. Así como también que incluya una determinación adecuada de los periodistas y comunicadores a fin de que las medidas de protección correspondan a las necesidades de trabajo que estos desarrollan y que garanticen el ejercicio de su libertad de expresión.

El principio 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la CIDH señala: «[e]l asesinato, secuestro, intimidación, amenaza a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación, viola los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión. Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos, sancionar a sus autores y asegurar a las víctimas una reparación adecuada».

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión es una oficina creada por la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), a fin de estimular la defensa hemisférica del derecho a la libertad de pensamiento y expresión, considerando su papel fundamental en la consolidación y el desarrollo del sistema democrático.





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