Los pedidos de acceso a la información pública en Uruguay

Por Lic. Daniel Lema*

En más de una década, en Uruguay se realizaron 35 mil pedidos de acceso a la información pública. El 96% de esas solicitudes fueron respondidas por los sujetos obligados por la norma creada en 2008. Se registraron 2.541 casos en los que el organismo se negó a dar la información (más de la mitad fue con el argumento de que la información solicitada era inexistente).

El artículo 7 de la Ley de Acceso a la Información Pública (18.381) establece que todos los sujetos obligados deben presentar ante la Unidad de Acceso a la Información Pública (UAIP) un informe anual sobre el cumplimiento de este derecho. Antes del último día hábil del mes de marzo de cada año, los organismos deben remitir la información del período anterior sobre el cumplimiento de las obligaciones de la ley y un detalle de las solicitudes de acceso a la información y el trámite dado a cada una de ellas.

De acuerdo con la información remitida a la UAIP, a varios organismos del Estado les cuesta cumplir con la ley. Entre 2010 y 2014, no fueron más de 30 los sujetos obligados enviaron sus reportes. Entre 2015 y 2018 se dio un salto y se superó el centenar de sujetos obligados que remitieron datos. Pero a partir de 2019 se produjo una caída por debajo de ese número. 

A lo largo de los años, fue creciendo la cantidad de solicitudes de acceso que llegaban a los organismos. Hasta 2014, las solicitudes llegaron a los 600 pedidos. En 2015, se dio un gran salto en cuanto a este punto cuando hubo 3084 solicitudes. En 2016 hubo 3071; en 2017, 4.447; en 2018, 4.644; en 2019 se da una disminución en los pedidos llegados, 1.950; en 2020, hubo 3.355, en 2021, 5.084. En 2022, se dio la mayor cantidad de pedidos de acceso: 8.000.

Gráfico 1: Evolución de pedidos de acceso

En suma, en poco más de una década, la población realizó 35.071 pedidos de acceso a la información pública. Se respondieron 33.697 y se rechazaron 398 (en este caso se trata de solicitudes que no correspondían que fueran presentadas ante el organismo o no se enmarcaban en los cometidos de la Ley 18.381).

Según la ley, el organismo tiene un plazo de 20 días hábiles para permitir o negar el acceso. En el período relevado, una amplia mayoría de los pedidos de acceso (82%) fueron respondidos dentro de este plazo de 20 días (27.621). En 2.745 casos se respondieron dentro la prórroga de otros 20 días que prevé la ley. Hubo 2.113 que fueron respondidas fuera de plazo.

Gráfico 2: Distinción por tipo de respuesta

Las negativas para dar la información

En 2.541 casos los organismos se negaron a entregar la información. La principal categoría que se utilizó para negar la información fue la inexistencia del dato (1.690 casos), establecida en el artículo 14 de la ley. Este artículo, indica que la solicitud de acceso no implica la obligación de los organismos de crear o producir información que no dispongan al momento del pedido. “El organismo comunicará por escrito que la denegación de la solicitud se debe a la inexistencia de datos en su poder, respecto de la información solicitada”, dice la norma.

En segundo lugar, aparece la confidencialidad con 325 casos. La ley señala en el artículo 10 que se considerará información confidencial aquella que fue entregada al sujeto obligado con este carácter y cuando se refiera a: 

  • El patrimonio de la persona.
  • Comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos a una persona física o jurídica, que pueda ser útil para un competidor.
  • Que esté amparada por una cláusula contractual de confidencialidad. 
  • Los datos personales que requieran previo consentimiento informado. 

Se registraron 305 pedidos declarados como reservados, de acuerdo con el artículo 9 de la ley.  Se clasifica como reservada aquella información cuya difusión pueda: 

  • Comprometer la seguridad pública o la defensa nacional.
  • Menoscabar la conducción de las negociaciones o bien, de las relaciones internacionales, incluida aquella información que otros estados u organismos internacionales entreguen con carácter de reservado al Estado uruguayo.
  • Dañar la estabilidad financiera, económica o monetaria del país.
  • Poner en riesgo la vida, la dignidad humana, la seguridad o la salud de cualquier persona; suponer una pérdida de ventajas competitivas para el sujeto obligado o pueda dañar su proceso de producción.
  • Desproteger descubrimientos científicos, tecnológicos o culturales desarrollados o en poder de los sujetos obligados.
  • Afectar la provisión libre y franca de asesoramientos, opiniones o recomendaciones que formen parte del proceso deliberativo de los sujetos obligados hasta que sea adoptada la decisión respectiva, la cual deberá estar documentada.

La información clasificada previamente como reservada, permanecerá con tal carácter hasta un período de 15 desde su clasificación.

Por otro lado, hubo 114 casos donde se negó a entregar información ya que estaba clasificada como secreta

Gráfico 3: Solicitudes denegadas

Los incisos

De la información divulgada, también se puede analizar qué organismos fueron los que menos pedidos de acceso resondieron. Pero la operación no es sencilla, debido a que no hay información de cada año de todos los sujetos obligados que entregaron datos.

Es el caso de la Administración de Ferrocarriles del Estado que figura como el organismo que menos pedidos de acceso contestó: el 30% de las solicitudes recibidas. Pero al analizar la información de este inciso, se observa que hay datos de solo dos años: 2015 y 2017. En 2015 informó que no tuvo pedidos de acceso, y en 2017 hubo 10 solicitudes y contestó 7.

Distinta es la situación de quien aparece en segundo lugar de este ranking: el Ministerio de Educación y Cultura. No respondió el 25,6% de los pedidos de acceso. Informó que entre 2010 y 2022 recibió 2.512 pedidos y respondió 1.869.

Luego aparecen los gobiernos departamentales de San José y Río Negro no respondiendo el 20% de las solicitudes. En este caso, no hay información de todos los años. Respecto a San José fueron 15 pedidos de acceso en seis años informados; y en Río Negro, cinco solicitudes en cinco años.

El gobierno de Durazno recibió 44 pedidos de acceso en cuatro años y respondió el 81,8%.

Tras estos gobiernos departamentales, aparece el Ministerio del Interior con 698 pedidos de acceso en 12 años informados. En este caso no respondió el 16,9% de las solicitudes.

Del análisis surge que la gran mayoría de los incisos respondió por encima del 90% de las solicitudes.

De todos los sujetos obligados, quien recibió más pedidos de acceso fue la Intendencia de Montevideo: 16.136. Respondió el 99,36%.

En tanto, los gobiernos departamentales de Tacuarembó, Rivera, Rocha, Canelones, Cerro Largo, Florida, Soriano, aparecen con el 100% de los pedidos de acceso (vale aclarar que no hay información de todos los años que comprenden el período 2010-2022).

También aparecen con el 100% de respuestas, el Correo, el Tribunal de Cuentas, la Junta de Transparencia y Ética Pública, el Tribunal de lo Contencioso Administrativo, el Ministerio de Turismo, la Administración Nacional de Puertos, la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua, las Cajas Paraestatales, el Instituto Uruguayo de Meteorología y la Universidad de la República.

Mirando hacia adelante

Desde Cainfo venimos sosteniendo desde hace tiempo que, entre algunos cambios a realizarle a la Ley 18.381, hay que mejorar la redacción de los artículos vinculados a la potestad para no entregar información por las causales expresadas en los artículos 9, 10 y 14 de la ley. A vía de ejemplo, es necesario que antes de declarar reservada o confidencial una información, tenga un informe previo preceptivo y favorable de la UAIP.

Además, es necesario que el organismo fundamente la respuesta negativa basada en la inexistencia de la información requerida. Asimismo, se debería recomendar la inclusión de una disposición que imponga la obligación de producir la información cuando contar con ella resulta de un mandato legal proceso e inexcusable para el organismo, o cuando es imprescindible para el cumplimiento de sus cometidos.


*Lic. Daniel Lema Rubini

Integrante del equipo y ex presidente de Cainfo

Daniel Lema, integrante de Cainfo.




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