CAinfo saluda decisión del gobierno de eliminar norma que afectaba el acceso a la información
El Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo), felicita la decisión del presidente Luis Lacalle Pou de aprobar un decreto que habilita la libre divulgación de investigaciones científicas obtenidos en el medio acuático sin que se requiera autorización previa de la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (Dinara) ni de otro organismo estatal.
En abril de 2018, Cainfo solicitó al gobierno de entonces que revisara el decreto 115/018 que reglamentó la Ley de Recursos Hidrobiológicos (No. 19.175).
En el artículo 44 de este reglamento, se establecía una serie de requisitos para otorgar permisos para la pesca con fines de investigación, científicos o docentes, que debían ser solicitados a la Dirección Nacional de Recursos Acuáticos (Dinara).
Entre esos requisitos se estableció que quienes realicen la investigación debían explicar los objetivos del proyecto de investigación, los resultados esperados, el curriculum del personal técnico participante y el compromiso de presentar todos los datos y resultados objetivos. Además, se impedía a los investigadores a dar publicidad a cualquier tipo de información sobre los datos obtenidos sin autorización expresa de la Dinara.
Cainfo afirmó que esta medida no solo afectaba a los investigadores sino también el derecho de acceso a la información de la población en general.
Además, Cainfo entendió que se establecía un mecanismo de censura previa que va en contra de la Constitución (artículo 29) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos (artículo 13) a la cual Uruguay se adhirió.
En el documento aprobado el lunes 13 de abril, Lacalle Pou sostuvo que en los artículos 44, 48 y 71 del decreto 115/018 se establecían “restricciones a la libertad para divulgar los datos obtenidos en las investigaciones científicas del medio acuático”.
Por esa razón, se dispuso que los “resultados de las investigaciones científicas, así como los datos globales o estadísticos obtenidos en el medio acuático podrán ser divulgados libremente, no requiriendo autorización previa de la Dirección Nacional de recursos Acuáticos, ni de ninguna otra dependencia del Estado”.