CAinfo exhortó al Parlamento a tomar medidas para garantizar el acceso a la información pública. Expresó preocupación por modificaciones previstas a la ley de Acceso a través del Presupuesto

29-09-2010

 Una delegación del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) se reunió el jueves 23 con la Comisión de Presupuesto integrada con Hacienda de la Cámara de Diputados. El grupo de parlamentarios tiene a cargo el estudio del Presupuesto del Estado. El mismo regirá para los próximos cinco años y se prevé que a través del contenido que finalmente apruebe el Parlamento quedarán definidas las principales líneas de acción del gobierno que preside José Mujica.

La audiencia fue solicitada por CAinfo, tras tomar conocimiento que en el capítulo relativo al presupuesto de la Agencia del Estado para el Gobierno Electrónico y la Sociedad de la Información (AGESIC) -unidad ejecutora de la que depende la Unidad de Acceso a la Información Pública-, se prevén algunas modificaciones a la ley 18.381 (Ley de Acceso a la Información Pública).

La delegación de CAinfo,  estuvo encabezada por su presidente, Dr. Edison Lanza y los especialistas en AIP, Karina Banfi y Martín Prats. Durante la reunión el Centro entregó a los parlamentarios un documento con algunas impresiones sobre el desarrollo del acceso a la información en Uruguay en los últimos años. El documento llama la atención sobre algunos hechos y propuestas concretas impulsadas desde el Estado, a fin de evitar que a través de la ley de presupuesto se habilite un retroceso en la materia.

Concretamente se señala que a partir de la sanción de la Ley 18.381 (LDAIP) en Uruguay se produjo un punto de inflexión muy importante en términos de transparencia y rendición de cuentas. El país fue uno de los primeros de la región en adoptar leyes de acceso, destacó el Centro.

“Los dos primeros años de funcionamiento de la LDAIP muestran que la misma ha tenido consecuencias positivas en la protección del derecho a la información y carencias en su implementación”, evaluó CAinfo.

En ese sentido, llamó la atención sobre el hecho que el mensaje presupuestal “no presenta un programa concreto para desarrollar los distintos capítulos de la implementación de una política de acceso a la información (promoción del derecho, capacitación, establecimiento de procedimientos para acceder a información, control de las obligaciones en los organismos, capacidad de resolver denuncias, fiscalización, etcétera), aunque se ha informado por parte de Agesic que algunas de estas misiones están contempladas dentro del presupuesto global de Agesic”, anotó.

Modificaciones

A través del documento entregado a los parlamentarios, CAinfo exhortó a revisar la propuesta de modificación del artículo 34 de la ley 18.381 que originalmente otorga a los sujetos obligados un plazo dos años para adecuar sus registros. La norma propuesta  en el proyecto a estudio del Poder Legislativo establece una nueva redacción para esta disposición transitoria: “Los sujetos obligados por la presente ley dispondrán de un plazo de dos años para adecuar sus registros, durante el cual no serán pasibles de sanciones en el caso de denegación de acceso fundada en la imposibilidad de ubicar información”.

Al referirse a la modificación propuesta, CAinfo sostuvo que “una primera cuestión es reconocer el fracaso del Estado en la adecuación de sus registros, de acuerdo a la Ley Nacional de Archivos, aprobada en la misma época que la LDAIP”.

“ La segunda cuestión es la del plazo y, si bien se nos ha informado la interpretación de Agesic es que estos cuatro años se cuentan desde la entrada en vigencia de la LDAIP y no desde la aprobación de esta enmienda, nos parece que es necesario dejarlo establecido a texto expreso, porque la ley de principio no tiene efecto retroactivo”, enfatizó CAinfo a través del documento.

Asimismo expresó que no está de acuerdo “en atar el acceso a la información a la adecuación de los registros. El hecho de que no existan sanciones para la no ubicación de información durante el período de adecuación genera en los hechos una excepción al principio de acceso a la información pública”.

“Creemos que una redacción acorde debe establecer la obligación de agotar los medios para ubicar la información pública solicitada, aún durante el período de transición y esto es lo que se deberá probar para denegar el acceso”, se concluyó.

Leer el documento presentado por CAinfo





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