“ADN” de principio de reserva en el Ministerio del Interior
Portal 180, 11 de setiembre de 2012El Ministerio del Interior publicó el viernes ocho resoluciones en las que clasifica y define la información reservada (que no puede divulgar), como lo solicita la Ley 18.381. Según Edison Lanza, presidente del Consejo Directivo de CAinfo, “parecen ser demasiadas las cuestiones que se consideran de seguridad nacional” en esas resoluciones, y considera que hay un “principio general” de reserva en el Ministerio del Interior.
El viernes el Ministerio del Interior publicó en su sitio web ocho resoluciones en las que define qué información relativa al organismo es considerada reservada (es decir, que no debe ser pública). Esa información que el ministerio clasificó como reservada incluye la “relativa a la estructura edilicia y ubicación” de las dependencias del ministerio, “cantidad y distribución de personal”, “móviles en servicio” y “materiales e insumos que se utilicen”, “cantidad de efectivos y de móviles disponibles”, la información que refiere a “las posibilidades de respuesta ante los eventos delictivos” y siniestros que se produzcan, los procedimientos disciplinarios, investigaciones administrativas y sumarios llevados a cabo dentro del ministerio, la información “que involucre el ejercicio de la actividad de custodia en establecimientos de reclusión”, toda la información relativa a procedimientos de la Comisión de Asuntos Internos, y la información “relativa a la descripción y detalle de materiales e insumos que utiliza el personal policial en actividades de combate a la delincuencia”.
El presidente del Consejo Directivo del Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (CAinfo), Edison Lanza, explicó que las resoluciones que emitió el Ministerio del Interior responden a la Ley 18.381, que indica que todos los organismos públicos deben completar un proceso de clasificación de la información que manejan, y establecer cuál es reservada, de acuerdo con algunas de las excepciones que establece la ley. El plazo para completar este proceso vencía el 31 de julio, y las listas de información reservada que definió cada organismo están publicándose ahora.
Respecto a la información que el Ministerio del Interior clasificó como reservada, según las ocho resoluciones que publicó, Lanza consideró que se basan en criterios demasiado amplios e indeterminados, y que no queda claro por qué algunas de esas informaciones deben ser reservadas.
“El organismo, para clasificar cualquier información como reservada, debe realizar la prueba de daño: debe probar que publicar o dejar abierta esa información produce un daño irreparable a la seguridad pública o nacional, y ese daño debe ser muy superior al daño de no acceder a esa información. Por lo tanto, no toda la información de seguridad o del Ministerio del Interior es reservada”, explicó Lanza.
“Estas resoluciones no son lo suficientemente explicatorias de por qué una cantidad de información que en apariencia debe ser pública, es declarada reservada”, agregó.
Como ejemplo Lanza mencionó la reserva de la información sobre los gastos en compra de patrulleros y uniformes, que no cree que dañe ningún interés de seguridad.
Además, señaló que la clasificación de toda la información relacionada con la Comisión de Asuntos Internos impediría conocer, por ejemplo, cuántos policías fueron sancionados por negligencia, impericia o dolo.
“Si son funcionarios públicos cuyos sueldos se pagan con fondos públicos, ¿por qué no puedo saber al final del proceso quiénes son los policías que fueron sancionados?”, consideró Lanza.
Por otra parte, para el presidente del Consejo Directivo de CAinfo las resoluciones del Ministerio del Interior no cumplen con la ley porque establecen demasiadas informaciones como reservadas. Lanza adjudicó esto a un “ADN” del organismo según el cual el principio general es la reserva, y la excepción sería la publicidad.
Lanza explicó que en caso de que un ciudadano solicite una información considerada reservada por el ministerio, podrá dirigirse a la Justicia o al órgano de control de la ley para denunciar que considera que esa información está mal clasificada, y el asunto quedaría en manos de la Justicia.