Ley SCA: Tras primer fallo quedan firmes los artículos que establecen el derecho de la población a acceder a la transmisión de eventos de interés general

Ley SCA: Tras primer fallo quedan firmes los artículos que establecen el derecho de la población a acceder a la transmisión de eventos de interés general

La Suprema Corte de Justicia (SCJ) emitió ayer un primer fallo sobre la ley de Servicios de Comunicación Audiovisual que deja firme los artículos que establecen el derecho de la población a acceder a la transmisión de eventos de interés general.

La SCJ se pronunció ante una acción de inconstitucionalidad presentada por la empresa Direct TV. De los 27 artículos que había recurrido la empresa, la Corporación declaró inconstitucional sólo un artículo completo y tres parcialmente.

Esto implica que quedan firmes las disposiciones que refieren a la transmisión de manera gratuita de determinados eventos de interés general por medio de servicios de televisión abierta.

La Corporación declaró inconstitucional el último inciso del artículo 39, que establece que el Poder Ejecutivo podrá incluir “eventos adicionales” a los eventos que ese artículo declara como de interés general.

Sin embargo, queda firme el inciso 1 del artículo 39 que establece que “deberán ser emitidos a través de un servicio de radiodifusión de televisión en abierto” aquellos partidos “de las selecciones nacionales de fútbol y de básquetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos”.

También queda firme el inciso 2 de ese mismo artículo,  que establece que para los mencionados eventos queda “limitado el ejercicio de derechos exclusivos en aquellas localidades del territorio nacional” donde no se cumpla la condición de la transmisión en abierto.

Por último, la SCJ entiende que respeta la constitución el artículo 40, que establece que en caso de que la empresa dueña de los derechos de transmisión no pueda negociarlos “deberá autorizar al Sistema Público de Radio y Televisión Nacional la retransmisión del evento en forma gratuita”.

Este fallo deja en pie los dos artículos que CAinfo y otras organizaciones sociales denunciaron y que fueron incumplidos por la empresa Tenfield al no habilitar en abierto la transmisión de los partidos que la selección uruguaya disputó por las Eliminatorias para el Mundial de Rusia 2018.

A fines de agosto se vienen nuevos partidos de la Selección Uruguaya por las clasificatorias, ¿se podrán ver en televisión abierta?

Vea un resumen del fallo elaborado por el portal Sudestada.

NOTA: Artículo editado el 7 de abril del 2016