La Jueza Letrada de lo Contencioso Administrativo de 1° Turno, María Isabel Vaccaro, rechazó la demanda presentada por la Directora Ejecutiva de CAinfo, Tania da Rosa, contra el Ministerio del Interior (MI) para acceder al Protocolo dirigido a las empresas de telecomunicaciones que regula la implementación del sistema de vigilancia El Guardián.
En su fallo, la magistrada estableció que se configuró el “silencio positivo” (Art. 18 de la Ley de Acceso a la Información Pública) “pues no existe resolución (del MI) expresa notificada al interesado respecto a si se accedía o no al pedido de la información”, como se había alegado en la demanda. Sin embargo,estimó que esto no autoriza sin más a disponer el acceso a la información porque “se encuentra comprendida en los art. 8. 9, 10 de la ley 18.381”.
La directora de CAinfo y el abogado de IELSUR, Martín Sborcca, quien está apoyando la estrategia judicial, anunciaron que apelarán el fallo. Insistieron en que la información debe ser puesta a disposición del público puesto que refiere al marco regulatorio bajo el cual se implementará el nuevo sistema de vigilancia, información que debe ser conocida por la ciudadanía.
“Queremos saber qué se ha previsto sobre la retención de datos, quién se va a hacer cargo de la custodia de la información, de su recolección, control, tratamiento, transmisión y destrucción de la información. Queremos saber si está previsto algún mecanismo de control independiente, como en otros países, de las interceptaciones de comunicaciones y si las personas van a poder saber si en algún momento fueron objeto de alguna interceptación”, señaló Da Rosa a medios de prensa.