Fuente: Semanario Búsqueda
Escribe Raúl Santopietro
Un montón de hojas en blanco decían: “Por ser declarada información confidencial fueron retiradas las fojas”. A la leyenda la acompañaban una serie de números de páginas, dos resoluciones y una explicación jurídica.
Pese a que esperaba encontrarse con información técnica, gráficas de yacimientos mineros y números de millones de toneladas de hierro, esa fue la respuesta que obtuvo el 23 de junio el activista Víctor Bacchetta al solicitarle a la Dirección Nacional de Minería y Geología (Dinamige) acceso al expediente de la concesión para explotar de la minera Aratirí. Bacchetta es activista del Movimiento por un Uruguay Sustentable (Movus), organización contraria a la minería de gran porte.
Desde 2008 cualquier persona puede solicitar la información “que emane o esté en posesión de cualquier organismo público sea o no estatal”, según quedó establecido en la ley 18.381- Ley de Acceso a la Información Pública-.
Amparado en ello, Bacchetta pidió varias veces acceso al expediente del proyecto minero en la Dirección Nacional de Medio Ambiente (Dinama) sin negativa alguna. Pero en Dinamige se topó con que el organismo clasificó el expediente como “confidencial” en noviembre de 2013 a pedido de la empresa.
La Ley de Acceso a la Información Pública prevé en los artículos 8,9 y 10 los casos en los que la documentación puede ser declarada de “carácter reservado y confidencial”. Allí se define como confidencial aquella información que “refiere al patrimonio de la persona”, “comprenda hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico o administrativo, relativos a una persona física o jurídica, que pudiera ser útil para un competidor” o que “esté amparada por una cláusula contractual de confidencialidad.”
En función de esto, Aratirí solicitó el 22 de noviembre de 2013 que “se declare confidencial la información relativa al informe técnico y capacidad financiera” ya que el documento “contiene información referente al patrimonio de la empresa, y comprende hechos o actos de carácter económico, contable, jurídico y administrativo de la misma que podrían resultar útiles para un competidor”.
Según consta en el expediente al que accedió Búsqueda, la Dinamige, con la firma de su director nacional Pier Rossi, “entendió pertinente el planteo realizado por la empresa”.
*Lo clasificado.
La resolución dice que “información técnica” implica la “descripción e interpretación geológica de los yacimientos”, el “detalle de las metodologías de determinación de recursos y reservas”, las “dimensiones y etapas de desarrollo de las minas”, la “operativa de cada mina”, los “procesos de beneficiación” y “cronogramas de ejecución”, los “volúmenes de producción del mineral y concentrado”, el “dimensionamiento de pilas de estériles”, los “mapas de aerogeofísica, hidrología e hidrogeología”, el “plan de cierre y todos los elementos que no estén descritos en este listado pero que conforman un proyecto minero desarrollado a partir del momento del descubrimiento geológico y la consecuente cuantificación de reservas” entre otros.
“Sin lugar a dudas, esta información al igual que la de carácter económico constituye parte del patrimonio/capital de una empresa minera, encuadrando de esta manera en las hipótesis de confidencialidad previstas”, concluye.
Bacchetta dijo a Búsqueda que “se busca anular por la vía de los hechos la transparencia en la información invocando un supuesto secreto comercial para vedar al público de toda la información técnica que permita conocer las características del proyecto y sus posibles impactos”.
“El alegato de secreto comercial para los aspectos técnicos de este proyecto no tiene sustento real. El yacimiento Valentines es una reserva marginal de hierro en el contexto de las reservas internacionales, Aratirí es una empresa ‘junior’ de pequeño porte y prácticamente sin antecedentes mineros. Decir que este proyecto puede utilizar técnicas innovadoras, que se pretenden resguardar de la competencia, no es un argumento válido”, agregó.
*Competencia.
En la respuesta brindada a Bacchetta está el informe elaborado el 8 de mayo por el abogado Carlos Roselló, de la Asesoría Jurídica del Ministerio de Industria, Energía y Minería (MIEM), quien asegura que la declaración de confidencialidad “no compete a Dinamige sino al MIEM”.
Roselló se basa en el artículo 26 de la Ley de Minería de Gran Porte que indica que el MIEM y el Ministerio de Vivienda, Ordenamiento Territorial y Medio Ambiente, “en función de sus competencias respectivas, resolverá sobre la pertinencia de considerar dichos datos de carácter reservado o confidencial bajo resolución fundada”.
Entonces estimó que “para ajustar lo actuado a lo dispuesto por la ley, sería conveniente que la Superioridad convalide la resolución”. Según pudo saber Búsqueda, el ministerio respaldó lo actuado por Dinamige aunque evalúa modificar el listado de información confidencial.