Próximo 10 de abril seminario para evaluar los 5 años de la ley de acceso

Próximo 10 de abril seminario para evaluar los 5 años de la ley de acceso

II Seminario Internacional de Acceso a la Información Pública “Un activo de todos: a cinco años de la Ley”

La Unidad de Acceso a la Información Pública, en coordinación con el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAINFO) y Datos Abiertos, Transparencia y Acceso a la Información Pública (DATA) y Uruguay Transparente, llevarán adelante el II Seminario Internacional de Acceso a la Información Pública – “Un activo de todos: a cinco años de la Ley” que tendrá lugar el próximo 10 de abril de 2014 de 8:30 a 19 horas, en el Radisson Victoria Plaza Hotel – Ballroom

En el marco del cumplimiento de los 5 años de la sanción de la Ley de Acceso a la Información Pública N° 18.381 del 17 de octubre de 2008, se contará con la participación de especialistas de la región, autoridades nacionales e internacionales, representantes de la sociedad civil, legisladores y referentes de la materia en nuestro medio; con el objetivo de debatir y reflexionar del proceso de instalación de una cultura de transparencia en nuestro país y en otras regiones de América Latina.
Continuando con el camino recorrido en el I Seminario Internacional realizado en el año 2011, en esta oportunidad se propone generar un espacio de intercambio para que miembros de los sujetos obligados y representantes de la sociedad civil, puedan compartir sus experiencias en la materia, así como también, identificar lecciones aprendidas y buenas prácticas a seguir.

Inscripciones
Las inscripciones no tienen costo.

Plazo: 07 de abril de 2014
Accedé al formulario de inscripción

La Corte Suprema argentina ratificó el derecho de acceso a la información pública

La Corte Suprema argentina ratificó el derecho de acceso a la información pública

ACD, 26 de marzo de 2014

El máximo tribunal resolvió a favor del derecho de acceso a la información pública en un caso llevado adelante por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC). Además, pidió la sanción urgente de una ley de acceso.

La Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió a favor del acceso a la información pública en un caso llevado adelante por la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) como patrocinante del Centro de Implementación de Políticas Públicas para la Equidad y el Crecimiento (CIPPEC). El caso planteaba el acceso a los padrones de beneficiarios de planes sociales, acceso rechazado con la argumentación de que era información sensible que afectaba a grupos vulnerables.

La sentencia sostuvo que la información solicitada está “vinculada a cuestiones públicas” y que “el acceso a estos datos posee un claro interés público [ya que] para realizar un exhaustivo control social sobre el modo en que los funcionarios competentes han asignado estos subsidios resulta necesario acceder al listado de los distintos beneficiarios y receptores de los planes sociales”. En este sentido, el tribunal señaló que “se trata de información de carácter público, que no pertenece al Estado sino que es del pueblo de la Nación Argentina”.

Sobre el supuesto daño que la revelación de esta información podría producir a beneficiarios de planes sociales, la Corte Suprema consideró que “no resulta nada obvio que el brindar esta información necesariamente vaya en desmedro de las personas en situación de vulnerabilidad social o económica que reciben estos subsidios. Tal perspectiva, incurriendo en una suerte de paternalismo, soslaya de manera injustificada que, precisamente, garantizando el control del accionar público en esta materia es que se podrán constatar los criterios empleados para la asignación de los subsidios y, en caso de detectar supuestos de arbitrariedad o desigualdad de trato, acudir a los correspondientes remedios legales en resguardo de los derechos de las personas que integran ese colectivo”.

En su voto, los jueces Argibay y Petracchi sostuvieron lo siguiente: “La ‘vulnerabilidad’ de muchos conciudadanos es una experiencia cotidiana que lastima a quienes la sufren y a quienes son testigos de ella, todos los días. No es ocultando padrones que se dignifica a los vulnerables. Por el contrario, haciéndolos accesibles se facilita que las ayudas estatales lleguen a quienes tienen derecho a ellas. La transparencia —no la opacidad— beneficia a los vulnerables. Ayudarlos no es ignominioso, la ignominia es pretender ocultar a quienes se asiste, pretendiendo que impere el sigilo en el ámbito de la canalización de los fondos públicos. Fondos que, parece innecesario aclarar, no son del Ministerio sino de la sociedad toda.”

La sentencia de la Corte Suprema es significativa por tres razones.

En primer lugar, porque desarticula un argumento que es invocado con creciente frecuencia para negar información pública: aquel que sostiene que cuando la información tiene “datos personales” es posible negarla a quienes la solicitan . En efecto, de acuerdo a una reciente investigación de la ADC esta es la principal excusa utilizada por el Estado para negar información. En su fallo, la Corte refuta el argumento.

En segundo lugar, el fallo llama la atención sobre la necesidad imperiosa de que se sancione una ley de acceso a la información pública . La Corte sostuvo que es necesario “que el legislador establezca, con alcance general, pautas uniformes que permitan hacer efectivo este derecho”. Señaló que la ley de acceso a la información pública “constituye un verdadero reclamo social en nuestro país” y que “para garantizar en forma efectiva el derecho a la información, el Estado debe dictar urgentemente una ley que (…) regule de manera exhaustiva el modo en que las autoridades públicas deben satisfacer este derecho”.

Finalmente, la sentencia ratifica la importancia del acceso a la información para la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales . En efecto, si los ciudadanos no pueden conocer la forma en que el Estado invierte sus recursos para garantizar esos derechos, resulta sumamente difícil evaluar si las respuestas ofrecidas por las autoridades a situaciones de enorme vulnerabilidad y privación son adecuadas.

Ramiro Alvarez Ugarte, director de Acceso a la Información de la Asociación por los Derechos Civiles (ADC) expresó que “desde la ADC celebramos la sentencia de la Corte que ratifica su jurisprudencia a favor del acceso a la información inaugurada en diciembre de 2012 en el caso ADC c. PAMI . Asimismo, nos sumamos al llamado de jueces y juezas a que el Congreso de la Nación actúe y sancione una ley de acceso a la información moderna, efectiva y respetuosa de los estándares internacionales.

Presentaron evaluación independiente del Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2012

Presentaron evaluación independiente del Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2012

La sala de conferencias de la Torre Ejecutiva fue el lugar elegido para la presentación este miércoles de la evaluación independiente del Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto 2012. Además, se anunciaron las mesas de diálogo de cara al nuevo Plan de Acción 2014 – 2015.

La elaboración del Plan de Acción 2012, como forma de mecanismo de revisión independiente, estuvo a cargo del Instituto de Comunicación y Desarrollo (ICD). Puede consultar el informe aquí.

En tanto, en el evento se anunciaron las mesas de diálogo de cara al proceso de confección del segundo Plan de Acción Nacional de Gobierno Abierto, cuya versión final estará disponible el 30 de junio. Las mesas que funcionarán los meses de abril, mayo y junio tendrán como eje temas como el acceso a la información, gobierno electrónico, transparencia y lucha anticorrupción.

CAinfo y Data representaron a la sociedad civil en el grupo de trabajo que aprobó la metodología de las mesas que se implementarán.

La Alianza Regional manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos  en Honduras.

La Alianza Regional manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia de la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos en Honduras.

La Alianza Regional por la Libre Expresión e Información manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia en Honduras de la “Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional”, publicada en el Diario Oficial La Gaceta el 9 de Marzo, por las graves contradicciones que tiene con los estándares internacionales de acceso a la información pública, sus impactos en el derecho de libertad de expresión, y su carácter regresivo respecto de la normativa que sobre esta materia que ya existía en el país.
La Ley para la Clasificación de Documentos Públicos establece un catálogo amplio de excepciones que no son compatibles con la Convención Americana sobre Derechos Humanos, y además otorga facultades al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad para clasificar información de manera previa, en base a su sola decisión discrecional.

Esto está en evidente contradicción con el principio de máxima divulgación, que impone que toda la información que está en posesión del Estado es por principio de acceso público, y sólo se puede limitar su acceso en el caso concreto en base a un régimen limitado de excepciones legales, las que deben ser claras y limitadas. Además, conforme a los estándares internacionales, los órganos públicos tienen la obligación de justificar la aplicación de una excepción mediante una “prueba de daño”, en la cual demuestren que el eventual perjuicio por la entrega de información es mayor que el interés público de su divulgación, en base a una interpretación restrictiva de las excepciones legales frente a una solicitud de información concreta. En este caso, la aplicación de estas excepciones se basa en la sola decisión discrecional de la autoridad, con lo que se coarta el derecho de los ciudadanos de solicitar información y tener respuesta oportuna, y de conocer las razones específicas por las cuales se les está negando información en caso de una negativa, lo que es esencial para el control social de los actos públicos.

Dichos estándares se encuentran sistematizados en la Ley Modelo Interamericana de Acceso a la Información Pública de la Organización de los Estados Americanos de 2011, y fueron sentados por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el fallo Claude Reyes y otros vs. Chile de 2006, donde se reconoció al derecho de acceso a la información como un derecho humano fundamental. Todos estos estándares han sido recogidos en todas las legislaciones modernas de la región.
Asimismo, la Ley para la Clasificación de Documentos Públicos contiene disposiciones que impiden a los medios de comunicación difundir información clasificada conforme a esta norma, lo que le entrega al Consejo Nacional de Defensa y Seguridad de herramientas para impedir su difusión en base a su sola decisión. Esto puede constituirse en una forma de censura previa que puede vulnerar el derecho de libertad de expresión, y podría convertir a esta norma en una verdadera “Ley Mordaza”, para los ciudadanos, los periodistas, comunicadores sociales y medios de comunicación.
La Ley para la Clasificación de Documentos Públicos implica un grave retroceso respecto de los avances que se habían tenido en el país con la ley de Transparencia y Acceso a la Información de 2006, coarta gravemente las facultades del Instituto de Acceso a la Información Pública, y pone en riesgo la libertad de expresión en Honduras, lo cual atenta contra la consolidación de una democracia con instituciones fuertes y ciudadanos empoderados para participar en los asuntos públicos.
La Alianza Regional agrupa a 23 organizaciones no gubernamentales de 19 países de Las Américas, cuyo principal objetivo es el fortalecimiento del pleno ejercicio de la libertad de expresión y el acceso a la información pública. Manifiesta su preocupación por la entrada en vigencia en Honduras de la “Ley para la Clasificación de Documentos Públicos Relacionados con la Seguridad y Defensa Nacional”, y acompaña a sus miembros locales Fundación Democracia sin Fronteras (FDSF) y Comité por la Libre Expresión (C-Libre), en su llamado a dejar sin efecto esta ley, y que no se den retrocesos en la garantía del derecho humano de acceso a la información pública y libertad de expresión.

Alianza Regional por la Libre Expresión e Información

Las organizaciones firmantes:
· Asociación Nacional de la Prensa (ANP) – Bolivia
· Asociación de Periodistas de El Salvador (APES) – El Salvador
· Artículo XIX- Brasil
· Asociación por los Derechos Civiles (ADC)-Argentina
· Acción Ciudadana – Guatemala
· Comité por la Libre Expresión (CLibre)- Honduras
· Consejo Nacional de Periodismo (CNP). Panamá
· Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) – Uruguay
· Espacio Público – Venezuela
· Fundación Salvadoreña para el Desarrollo Económico y Social (FUSADES) – El Salvador
· FUNDAR Centro de Análisis e Investigación – México
· Fundación Violeta Barrios de Chamorro (FVBCH) – Nicaragua
· Fundación Pro Acceso – Chile
· Fundación para la Libertad de Prensa (FLIP) – Colombia
· Fundamedios – Ecuador
· Fundación Democracia Sin Fronteras (FDSF)- Honduras
· Instituto de Derecho y Economía Ambiental (IDEA) – Paraguay
· Instituto de Prensa y Libertad de Expresión (IPLEX) – Costa Rica
· Transparencia por Colombia – Colombia
· Transparencia Venezuela – Venezuela

Los casos de violencia doméstica se incrementaron 50% en un año

Los casos de violencia doméstica se incrementaron 50% en un año

Las denuncias por violencia doméstica aumentaron un 50% en el año 2012, respecto al anterior. La cantidad de procesos judiciales iniciados por esa problemática resultó la mayor desde que se llevan registros, y también por maltrato a niños.

En 2012 se registró el nivel más alto de procesos iniciados por maltrato de niños y adolescentes.

En este Mes de la Mujer, desde el Centro de Archivo y Acceso a la Información Pública (Cainfo), se puso a disposición del público toda la información sobre violencia doméstica recabada a través de solicitudes realizadas, junto a la Red Uruguaya Contra la Violencia Doméstica y Sexual (Rucvdys), ante todos los organismos estatales que tienen obligaciones de prevención y sanción.

Parte de lo documentado se conocía, como la evolución anual de los homicidios de mujeres por violencia doméstica, que no han registrado una disminución, manteniéndose en el entorno del 74% del total.

Entre la nueva información, el Ministerio del Interior estableció que al año 2012 sus registros arrojan 23.988 denuncias por violencia doméstica en todo el país, es decir: un incremento del 50% respecto a 2011.

Desde el Poder Judicial se dio cuenta de que durante 2012 se iniciaron 16.495 procesos por la ley de violencia doméstica, en los juzgados especializados de Uruguay, guarismo que se subraya por ser el más alto desde el 2004, primer año a partir del cual hay datos. En 2011 hubo 14.470 procesos judiciales iniciados, y 7.560 en 2004.

La evolución de este último indicador, analizando lo acontecido en todo el territorio nacional, determina además un aumento de este tipo de procesos, superior al 20% en varios departamentos, entre ellos: Artigas, Rivera, Cerro Largo, Paysandú y Tacuarembó.

En referencia a los procesamientos decretados en 2012 por el delito de violencia doméstica, en Montevideo hubo 33. El año con menor cantidad fue el 2008: 17 casos. En todo el Interior se registraron 116 también en 2012, y 113 en 2011; el año con menos procesamientos decretados fue el 2009, con 77.

Según el Instituto Nacional de las Mujeres del Mides, en 2012 casi el 50% de las mujeres consultantes sufrió violencia doméstica física «en ocasiones», y el 13% «algunos días a la semana», cifras similares a las de 2010. Las consultas aumentaron, pasando de 803 en 2008 a 1.897 en 2012, 770 de las cuales se efectuaron en Montevideo.

Niños y jóvenes.
Los procesos iniciados por maltrato o negligencia contra niños, niñas y adolescentes son abordados por los jueces de modo diverso, a través de otra vía, en general aplicando el Código de la Niñez y la Adolescencia. En este indicador también se registró en 2012 el nivel más alto de procesos iniciados, un total de 9.519. En 2005 había iniciados 2.528.

Solicitudes.
Durante el segundo semestre de 2013, Cainfo y la Rucvdys realizaron nuevas solicitudes de acceso a la información, con el objetivo de actualizar los datos en relación al Poder Judicial, el Ministerio del Interior y el Ministerio de Desarrollo Social.

Las dos organizaciones no gubernamentales lamentan ahora que, salvo el Ministerio de Desarrollo Social (Mides), los organismos no hayan cumplido con los plazos establecidos en la Ley de Acceso a la Información Pública para entregar los datos.

Sobre la metodología del Mides, igualmente se establecen objeciones. El Instituto Nacional de las Mujeres informó que cada profesional tiene libertad en el modo de aplicar las fichas en las entrevistas con las consultantes.

«La modalidad de registro, sumada a las características propias de la intervención en situaciones de crisis, y la falta de definición de algunas categorías de información, determinan dificultades en lo que respecta a la recolección de datos. Esto debilita el valor estadístico de algunos indicadores, tal como lo reconoce el propio organismo», advierte el informe de Cainfo y Rucvdys.

Avances.
No obstante estas dificultades, Cainfo y Rucvdys señalan que «se detectaron algunos avances importantes en el sistema de recolección de datos». En el caso del Ministerio del Interior, la implementación de un nuevo sistema de información ha permitido mejorar el registro de las denuncias de violencia doméstica.

Por su parte, el Poder Judicial ha iniciado un proceso de mejora de su sistema, integrando un formulario electrónico que podrá ser extendido a las sedes del Interior del país», (ver columna).

Desde el Mides se informó que además de los servicios estables, en el año 2011 comenzó un proceso de incorporación de dispositivos móviles, conformados por tres operadores especialistas en el tema. «Se han sumado hasta el momento siete dispositivos móviles en los departamentos de Artigas, Canelones, Colonia, Maldonado, Paysandú, Rivera y Salto».

Los analistas privados afirman que «el incremento de los servicios también se ve reflejado en el aumento de la demanda: la cantidad de consultas, denuncias y procesos judiciales se mantiene en aumento».

El país, 13 de marzo de 2014