Peor la enmienda que el soneto

Reforma a ley de Acceso votada en Comisión limita severamente la posibilidad de acceder a la información pública

La Comisión de la Cámara de Diputados que trata la Rendición de Cuentas aprobó con los votos de los legisladores del Frente Amplio un texto que modifica la Ley de Acceso a la Información Pública (N° 18.381) y que es aún más regresivo que el enviado por el Poder Ejecutivo al Parlamento.

El nuevo texto mantiene la excepción que permite a los organismos declarar reservada la información de control, evaluación y monitoreo durante los procesos previos a la toma de cualquier decisión de gobierno. También mantiene la posibilidad de declarar reservada información al momento de solicitarla y retira a la Unidad de Acceso a la Información (UAIP) la facultad genérica de desclasificar información. (más…)

Diversidad y Programación en la televisión abierta en Uruguay

“Diversidad y Programación en la televisión abierta en Uruguay”, trabajo que se enfoca en el estudio de la diversidad de los canales de televisión abierta de alcance nacional de los investigadores Rosario Radakovich, Gustavo Buquet y Edison Lanza.

Institución Nacional de Derechos Humanos se pronuncia en contra de la reforma a la Ley de acceso

“Afectaría notoriamente” las posibilidades de cualquier persona de acceder a información pública y advierte sobre violación del principio de no regresividad en materia de Derechos Humanos

La Institución Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) se pronunció en contra de los cambios que, mediante el proyecto de ley de Rendición de cuentas, el Poder Ejecutivo pretende introducir a la Ley de acceso a la información pública (ley 18.381). La principal reforma que impulsa el gobierno añade una nueva excepción para que los organismos públicos se amparen para no divulgar información.

La institución remarcó que la ley ya incluye ciertas restricciones al acceso a la información y que, al “incorporar nuevas restricciones afectaría notoriamente las posibilidades de cualquier persona de acceder a la información pública”. La forma en como está redactada la nueva excepción, “amplía notoriamente las potestades discrecionales del organismo requerido para negarse a brindar determinada información”, destaca la Institución.

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Más de cien organizaciones globales en contra de la vigilancia de Internet

El derecho internacional de los derechos humanos impone límites a las actividades de vigilancia de Internet que emprenden los Estados. La ADC firmó un documento al que adhirieron -hasta el momento- más de cien organizaciones globales que sistematiza esos estándares y marca una agenda de defensa del derecho a la privacidad en la era digital. 

(Buenos Aires, 31 de julio de 2013) – 
Desde un tiempo a esta parte se ha vuelto necesario actualizar la forma en que entendemos al derecho internacional de los derechos humanos para dar cuenta de las nuevas tecnologías y técnicas de la vigilancia. La urgencia de esta tarea se ve demostrada por las recientes revelaciones que confirman la vigilancia masiva de individuos inocentes de todo el mundo.

Para acercarnos a ese objetivo, hoy nos complace anunciar el lanzamiento formal de los Principios Internacionales de Derechos Humanos sobre Vigilancia de las Comunicaciones . Los principios articulan lo que el derecho internacional de los derechos humanos —que obliga a todos los países del mundo— exige de los gobiernos en la era digital. Ellos se vinculan a un creciente consenso global que indica que la vigilancia moderna ha ido demasiado lejos y debe ser restringida. Ellos también ofrecen parámetros que todas las personas alrededor del mundo pueden utilizar para evaluar sus sistemas jurídicos y promover cambios y reformas legales.
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