Dos decisiones judiciales trascendentes para el futuro de la ley de acceso a la información

COMUNICADO – 01 de abril de 2013

Suprema Corte la declara constitucional y el TCA apunta problemas del órgano de control de la ley

Dos decisiones judiciales trascendentes para el futuro de la ley de acceso a la información

En los últimos días se conocieron dos sentencias importantes para el derecho de acceso a la información pública en Uruguay. En una ellas la Suprema Corte de Justicia (SCJ) declaró la constitucionalidad de la ley que lo regula y en la segunda el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA) estableció que las potestades de la Unidad de Acceso a la Información Pública, el órgano de control e implementación de la ley, son limitadas.

En la primera, la SCJ desestimó la acción de inconstitucionalidad de la ley N°18.381 de Acceso a la Información Pública presentada por varias empresas de televisión para abonados del interior del país. Estas empresas se presentaron ante el máximo tribunal luego que la Asociación de la Prensa Uruguaya (APU), amparada en la ley de acceso, solicitara el número de abonados que tenía cada una de ellas. Las empresas alegaron que la norma viola la protección de sus datos personales afectando la competencia en el mercado (ver comunicado completo de CAinfo sobre esta solicitud).

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