COMUNICADO – Montevideo, 11 de setiembre de 2012
Varios organismos han declarado reservada buena parte de la información referida a su gestión, interpretando en forma indeterminada algunas excepciones establecidas por la ley de Acceso a la Información Pública.
Al respecto CAinfo realizará un estudio de las resoluciones que se han dictado en ministerios y otros organismos públicos ante el vencimiento del período establecido por la ley para declarar reservada la información (más abajo encuentran artículo publicado en el diario El País de este domingo, con declaraciones del director de CAinfo, Edison Lanza).
Distintos medios de comunicación se han ocupado del caso del Ministerio del Interior, que ha dictado cinco resoluciones declarando reservada por razones de seguridad la mayor parte de la información que produce el organismo. Se trata de un ejemplo en el que no se aplican los criterios establecidos por la ley de acceso a la información y su decreto reglamentario para la clasificación de información respetando el principio de máxima divulgación.
En ese sentido, las resoluciones del Ministerio del Interior y otros organismos no justifican el daño concreto que causaría a la seguridad pública, divulgar la información declarada reservada, tratándose de un Estado democrático que no se encuentra bajo un estado de excepción.
Estas y otras resoluciones de distintos organismos deberían ser analizadas y eventualmente revisadas por la Unidad de Acceso a la Información, de acuerdo a las facultadas para ordenar la apertura de la clasificación de información reservada o confidencial en forma “inadecuada” que le otorga el artículo 26 del decreto 232/2010.
Ejecutivo revoca resolución de la UAIP
CAinfo también quiere informar sobre la reciente resolución del Poder Ejecutivo que revocó una decisión de la Unidad de Acceso a la Información Pública de la Agesic, que había ordenado al Banco Central del Uruguay entregar una información sobre los criterios para la clasificación de riesgo que aplica a las instituciones financieras.
La resolución determinó además la clausura de una acción de nulidad presentada por el BCU ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo contra la resolución de la Unidad, que podría haber arrojado luz sobre los criterios de transparencia financieros, un elemento clave para una economía de mercado.
Las decisiones de la UAIP no solo no son vinculantes, sino que pueden ser revocadas por la Presidencia de la República, de acuerdo a su posición institucional, lo que le resta autonomía para hacer cumplir criterios de transparencia en todo el Estado.
Cuando se colocó en esta situación a la UAIP, CAinfo y otras organizaciones advirtieron de que esto incumple los estándares internacionales en materia de derecho a la información. Los órganos de control del acceso a la información deben gozar de independencia frente a todos los poderes y organismos, y sus decisiones deben ser vinculantes, aunque puedan ser recurribles ante la Justicia. De hecho, así funciona el Consejo de la Transparencia de Chile y el Instituto Federal de Acceso a la Información de México, por nombrar dos casos exitosos.
A esto se suma la calidad de honorarios de los cargos de dirección de la UAIP y la imposibilidad de proyectar su presupuesto.
El Consejo Ejecutivo de la UAIP se encuentra desintegrado desde hace tres meses tras la renuncia de una de sus directoras, en un.momento, en el que la UAIP debe revisar las resoluciones de reserva dictadas por todos los organismos estatales, al cierre del plazo legal para hacerlo.
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El País, 09 de setiembre de 2012
ONG detecta abusos en reserva de información; Cánepa lo niega
Ministerios y organismos públicos han «abusado» a la hora de rotular información pública como «reservada o confidencial», afirma la ONG CAinfo. El prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa, defiende las restricciones aplicadas.
Los ministerios del Interior y Defensa, y los Bancos República y Central, calificaron como «reservada» o «confidencial» prácticamente toda la información pública que manejan y, de esa forma, la dejaron lejos del alcance del control ciudadano.
El artículo 9 de la ley de Acceso a la Información Pública (18.381) permite a los organismos estatales declarar confidencial o reservada información que cumpla con determinadas condiciones y cuya divulgación pueda afectar la seguridad pública o el funcionamiento de la propia entidad.
No obstante, el Ministerio del Interior incluyó en esa lista prácticamente toda la información disponible. Algo similar ocurrió con el Banco República, el Banco Central y el Ministerio de Defensa Nacional.
Edison Lanza, presidente del Consejo Directivo del Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública (CAinfo) dijo a El País que se han detectado abusos a la hora de restringir el acceso a la información. «Hoy la realidad es muy heterogénea, hay ministerios y organismos que hacen muy bien las cosas y hay otros que no se apegan al principio de transparencia y máxima divulgación que exige la ley. Persiste en el Estado una cultura del secreto, de apropiarse de la información pública, se desconocen las reglas de clasificación de la información y el espíritu de la ley», sostuvo.
CAinfo hará un relevamiento de los criterios aplicados en todo el Estado para reservar la información y elevará un informe a la Unidad Acceso a la Información Pública (UAIP), órgano desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gestión Electrónica y la Sociedad de la Información y del Conocimiento (Agesic). La UAIP tiene por cometido garantizar el acceso a la información y verificar si las dependencias públicas cumplen con la ley. El prosecretario de la Presidencia, Diego Cánepa, dijo a El País que es «lógico» que se limite el acceso a «información sensible». «La ley tiene tres años y medio y requiere de un cambio de cultura muy importante en el Estado, esto llevó muchos años en otros países, nosotros recién estamos comenzando», justificó. Señaló que los ministerios del Interior, Defensa o los bancos estatales «tienen fundamentos suficientemente válidos para restringir la información, porque la ley no solo permite que un ciudadano uruguayo pida datos sino que cualquiera pueda hacerlo, incluso desde otro país».
Lanza dijo que «la declaración de confidencialidad no se puede hacer al voleo, requiere un proceso que debe cumplir al pie de la letra el decreto reglamentario y además se debe justificar el motivo de la confidencialidad o reserva porque el daño que se pretende evitar con la divulgación no puede ser mayor al daño que se le causa a la ciudadanía al hacerle perder el poder de control».
Lanza dijo que los «grandes listados» de algunas dependencias estatales que incluyen información vedada al público «son una muestra de la debilidad de la política de acceso a la información». «El ministerio del Interior no deja prácticamente nada para divulgar y tampoco explica por qué esa información es tan importante», dijo.
INSTITUCIONAL. La Unidad de Acceso a la Información Pública tiene la misión de garantizar el derecho de acceso de las personas a la información pública, a través de la promoción, construcción e institucionalización de una cultura de la transparencia y del control del cumplimiento de la ley 18.381.
Sin embargo, el organismo funciona hoy con un Consejo Ejecutivo integrado por dos profesionales que son honorarios y cumplen tareas en otras dependencias del Estado. Hace dos meses renunció una tercera integrante, la Dra. Sonia Sena, y su cargo no ha sido cubierto. Fuentes de la UAIP dijeron a El País que están «desbordados» y carecen de «recursos materiales y humanos» para desempeñar la tarea.
Lanza dijo que el organismo de control tiene una «gran debilidad institucional» y carece de las potestades necesarias para enfrentar «la burocracia y la cultura del secreto del Estado». Puso como ejemplo a México, que tiene un Instituto Federal con autonomía y presupuesto propio, y a Chile, con un Consejo con integrantes rentados.
Cánepa afirmó que el acceso a la información constituye uno de los pilares de la Reforma del Estado. «Implementar una estructura adecuada a la ley ha sido un gran desafío, los funcionarios del Estado tienen que entender que ahora hay un nuevo protocolo y hay que cumplirlo. Pero creo que no es hora de hacer un balance, todavía no se cumplieron cuatro años y se ha hecho mucho, hoy los ciudadanos y hasta los legisladores canalizan sus pedidos de informes a través de la ley porque el plazo es de apenas 20 días para responder, y se cumple», dijo. Consideró que por el contrario habría que analizar si la ley no ha sido muy dura con el propio Estado previendo «plazos muy cortos, penas muy duras y el libre acceso a la información en cualquier parte del planeta tierra».
Lanza cree que llegó el momento de modernizar la ley para mejorar el diseño institucional y ampliarla a las sociedades anónimas del Estado.