El pasado viernes 13 de abril, cuando vencía el plazo para dar cumplimiento al fallo pronunciado por el Juez Letrado en lo Contencioso Administrativo de 2º Turno, Dr. Pablo Eguren, las autoridades del Departamento Contencioso de la ANEP se comunicaron con el Centro de Archivos y Acceso a la Información Pública para expresar que el ente cumplirá la sentencia.
No obstante, según la interpretación que realizó el organismo el plazo no vencería en el día de hoy sino el 22 de abril; la ANEP entiende que se trata de un plazo procesal y que por ende el cómputo debería ser suspendido durante la semana de turismo.
Ante el anuncio del cumplimiento, CAinfo transmitió al organismo que aguardará hasta esa fecha en atención a la comunicación que recibió en el día de hoy respecto a que se dará cumplimiento a lo ordenado por la justicia.
No obstante, CAinfo reafirma su interpretación inicial del plazo, por cuanto la sentencia estableció para la entrega de la información “15 días corridos e ininterrumpidos” no siendo ya un plazo procesal sino de mero cumplimiento de un dictamen judicial que no fue recurrido.
Además, según lo establecido expresamente en la sentencia, el plazo es “ininterrumpido” por lo cual se entiende que no está comprendido en el criterio general que dispone el artículo 94 del Código General del Proceso.
CAinfo celebra que en momentos difíciles como los que atraviesa el sector educativo, la ANEP haya anunciado el cumplimiento de este fallo tan trascendente para el derecho de acceso a la información pública de todas las personas en temas que hacen a su vida cotidiana, y está dispuesto a esperar que en una semana adicional se provean los datos requeridos bajo los estándares internacionales en la materia.
Esperemos que este juicio emblemático sirva para que la educación pública tenga en el futuro una política pública sostenida de acceso a la información para toda la ciudadanía.