{"id":871,"date":"2016-02-12T00:00:00","date_gmt":"2022-01-20T03:27:43","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/personal\/cainfo_final\/?p=871"},"modified":"2022-01-20T00:27:45","modified_gmt":"2022-01-20T03:27:45","slug":"organizaciones-sociales-recurriran-al-tca-por-fallo-de-ursec-a-favor-de-tenfield-porque-afecta-el-derecho-de-la-audiencia","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/organizaciones-sociales-recurriran-al-tca-por-fallo-de-ursec-a-favor-de-tenfield-porque-afecta-el-derecho-de-la-audiencia\/","title":{"rendered":"Organizaciones sociales recurrir\u00e1n al TCA por fallo de Ursec a favor de Tenfield, porque \u201cafecta el derecho de la audiencia\u201d"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaci\u00f3n (Ursec) lo hab\u00eda dicho el 7 de enero y un mes despu\u00e9s lo ratific\u00f3: Tenfield no viol\u00f3 la Ley de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual (SCA) al no permitir que se emitiera por televisi\u00f3n abierta el partido en el que la selecci\u00f3n uruguaya de f\u00fatbol disput\u00f3 la primera eliminatoria para el Mundial de Rusia con la de Bolivia. Luego de dar vista a las organizaciones sociales sobre el proyecto de resoluci\u00f3n, y de analizar sus pronunciamientos, ratific\u00f3 la decisi\u00f3n. El presidente del Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (Cainfo), Mart\u00edn Prats, consider\u00f3 que la ley \u201ces muy clara al priorizar el inter\u00e9s general sobre el particular\u201d, y adelant\u00f3 que los denunciantes recurrir\u00e1n el fallo ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo (TCA).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 8 de octubre de 2015, Tenfield, que adquiri\u00f3 los derechos de televisaci\u00f3n del torneo, no puso a disposici\u00f3n la se\u00f1al para la retransmisi\u00f3n del partido en la televisi\u00f3n abierta de forma gratuita y simult\u00e1nea, como establece la ley de SCA aprobada en diciembre de 2014. El 13 de octubre, cuando los uruguayos enfrentaron a la selecci\u00f3n colombiana, la decisi\u00f3n se repiti\u00f3; s\u00f3lo que esta vez Televisi\u00f3n Nacional de Uruguay hab\u00eda solicitado previamente la autorizaci\u00f3n y la Instituci\u00f3n Nacional de Derechos Humanos (INDDHH) propuso a la empresa, por medio de una medida provisional urgente, que facilitara la retransmisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ante su caso omiso a estos hechos, el Instituto de Estudios Legales y Sociales del Uruguay, Cainfo y la Asociaci\u00f3n de la Prensa Uruguaya presentaron una denuncia contra Tenfield por la violaci\u00f3n a la ley SCA, junto a una declaratoria del INDDHH que suger\u00eda imponer sanciones a la empresa.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A partir de ah\u00ed el caso fue transferido a la Ursec, que el pasado 23 de diciembre estudi\u00f3 en sesi\u00f3n de su directorio los art\u00edculos de la SCA denunciados como violados: el 38, el 39 y el 40. El primero establece que el derecho a la informaci\u00f3n comprende la recepci\u00f3n, por la televisi\u00f3n abierta, gratuita y simult\u00e1nea, de determinados \u201ceventos de inter\u00e9s general\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El segundo art\u00edculo dispone que \u201cen caso de emitirse por televisi\u00f3n los eventos que involucren actividades oficiales de las selecciones de f\u00fatbol y de b\u00e1squetbol en instancias definitorias de torneos internacionales y en instancias clasificatorias para los mismos, deber\u00e1n ser emitidos a trav\u00e9s de un servicio de radiodifusi\u00f3n de televisi\u00f3n abierto y en directo y simult\u00e1neo\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El tercero establece que si ning\u00fan canal de televisi\u00f3n abierta est\u00e1 interesado en adquirir los derechos para la retransmisi\u00f3n de dichos eventos, el titular debe autorizar a TNU a retransmitirlo \u201cen forma gratuita\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00bfQu\u00e9 propici\u00f3 el fallo a favor, entonces? El director de la Ursec, Nicol\u00e1s Cendoya, sostuvo que por \u201cinstancias clasificatorias\u201d se debe entender \u201cen t\u00e9rminos futbol\u00edsticos: el \u2018repechaje\u2019 de las eliminatorias, aquellos partidos que de perderlos provocar\u00edan, en forma determinante, que la Selecci\u00f3n no participe del Mundial porque no quedan otras chances\u201d, por lo que aquella segunda fecha de eliminatorias quedaba fuera de lo establecido por la ley SCA.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tomando en cuenta el inter\u00e9s general, para Cendoya deben transmitirse los partidos que \u201cpuedan derivar en la eliminaci\u00f3n o clasificaci\u00f3n de la Selecci\u00f3n Nacional a un Torneo Internacional (o bien en la situaci\u00f3n de partido final o semifinal de dicho torneo)\u201d, y que si eso no ocurre, la Ursec \u201cde oficio y sin necesidad de denuncia\u201d debe aplicar sanciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los denunciantes, que luego pronunciaron sus descargos, sostuvieron que los argumentos esgrimidos por la reguladora no cambian su opini\u00f3n sobre la denuncia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cPermitir, justificar y no sancionar estos abusos y violaciones sistem\u00e1ticas de una ley vigente, en especial trat\u00e1ndose de una norma aprobada por un Parlamento democr\u00e1tico, precedida de un amplio, transparente y fermental debate de m\u00e1s de cuatro a\u00f1os, es un grave antecedente para la institucionalidad democr\u00e1tica del pa\u00eds\u201d, afirmaron en el documento presentado ante \u00e9sta, afirmando que se realiz\u00f3 una \u201ctranscripci\u00f3n err\u00f3nea de la norma\u201d, en particular del art\u00edculo 39, que, aseguran, \u201cno establece ninguna excepcionalidad a la transmisi\u00f3n de partidos\u201d en las clasificatorias.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El 4 de enero el directorio de la Ursec se volvi\u00f3 a reunir para considerar los descargos de las organizaciones sociales y desestim\u00f3 la solicitud de que se ejercieran sanciones. Consultado sobre esta ratificaci\u00f3n, el presidente de Cainfo dijo a la diaria \u201clamentar\u201d y \u201cno compartir\u201d esta resoluci\u00f3n que \u201cafecta el derecho de la audiencia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En la resoluci\u00f3n, la Ursec insiste en que por \u201cinstancias definitorias\u201d la ley \u201crefiere sin dudas, [\u2026] no s\u00f3lo a la final, sino a la \u2018instancia\u2019 que define la participaci\u00f3n en esa final (semifinal), ya que de lo contrario perder\u00eda sentido la utilizaci\u00f3n del plural\u201d y por este motivo resuelve \u201cdesestimar la denuncia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las reglas<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa ley es muy clara: establece la obligaci\u00f3n para permitir la transmisi\u00f3n abierta de estos temas de inter\u00e9s general, y tambi\u00e9n que no puede privilegiarse o preferirse el inter\u00e9s empresarial o particular de una empresa sobre un derecho reconocido legalmente\u201d, opin\u00f3 por su parte, Prats.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n adelant\u00f3 que los denunciantes recurrir\u00e1n a esta resoluci\u00f3n de la Ursec ante el TCA, reiterando los fundamentos expresados en los descargos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por otro lado, consider\u00f3 que este hecho \u201creitera nuestra preocupaci\u00f3n sobre la dilatoria a la reglamentaci\u00f3n de la ley para que la misma sea clara en su aplicaci\u00f3n\u201d. Sin una reglamentaci\u00f3n, la ley le da potestad transitoria a organismos como la Ursec a falta de la creaci\u00f3n del Consejo Audiovisual, un \u00f3rgano especializado en la visi\u00f3n de derechos, que deber\u00eda ser el que fallara sobre estos temas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde el Poder Ejecutivo anunciaron que no proceder\u00e1n con la reglamentaci\u00f3n de la ley de SCA en tanto no se expida la Suprema Corte de Justicia sobre su constitucionalidad, pronunciamiento previsto para mediados de abril.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa ley est\u00e1 vigente y tiene que estar aplic\u00e1ndose, y por lo tanto es urgente que haya una reglamentaci\u00f3n \u00e9sta\u201d, afirm\u00f3 el presidente de Cainfo.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaci\u00f3n (Ursec) lo hab\u00eda dicho el 7 de enero y un mes despu\u00e9s lo ratific\u00f3: Tenfield no viol\u00f3 la Ley de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual (SCA) al no permitir que se emitiera por televisi\u00f3n abierta el partido en el que la selecci\u00f3n uruguaya de f\u00fatbol disput\u00f3 la primera eliminatoria&#8230; <a class=\"view-article\" href=\"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/organizaciones-sociales-recurriran-al-tca-por-fallo-de-ursec-a-favor-de-tenfield-porque-afecta-el-derecho-de-la-audiencia\/\"><\/a>","protected":false},"author":2,"featured_media":872,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[155],"tags":[],"class_list":["post-871","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-publicaciones"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/871","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=871"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/871\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":873,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/871\/revisions\/873"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media\/872"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=871"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=871"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=871"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}