{"id":1861,"date":"2010-04-10T00:00:00","date_gmt":"2022-01-29T23:51:59","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/personal\/cainfo_final\/?p=1861"},"modified":"2022-01-29T20:52:00","modified_gmt":"2022-01-29T23:52:00","slug":"desafios-y-riesgos-de-la-nueva-ley-de-acceso-a-la-informacion-publica","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/desafios-y-riesgos-de-la-nueva-ley-de-acceso-a-la-informacion-publica\/","title":{"rendered":"Desaf\u00edos y riesgos de la nueva ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Las nuevas reglas del Juego<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><br><em>Escribe Fabrizio Scrollini<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><em>La luz del sol es el mejor antis\u00e9ptico<br><\/em><em>Louis Brandeis<\/em><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ha sido un largo camino, pero finalmente Uruguay tiene su nueva ley de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y amparo informativo. De esta forma, nuestro pa\u00eds se une&nbsp;al menos 70 pa\u00edses que cuentan con este instrumento para controlar la acci\u00f3n del poder p\u00fablico. Sin embargo no solo de leyes viven las sociedades, sino de las instituciones que ellas representan. El desaf\u00edo de Uruguay, m\u00e1s all\u00e1 de la ley, es su implementaci\u00f3n exitosa para construir un nuevo instituto dentro de la \u00a8gobernanza\u00a8 local.&nbsp;El deseo de que el Estado rinda cuentas a los ciudadanos y se maneje de forma transparente no es nada novedoso en la historia del mundo.<br>El Reino de Suecia, estableci\u00f3 la primera ley que obligaba a que los documentos p\u00fablicos se hicieran disponibles a la ciudadan\u00eda sin cargo alguno, en 1766. M\u00e1s interesante, es saber que los suecos se inspiraron en las pr\u00e1cticas de la dinast\u00eda Ch\u00b4ing del antiguo imperio chino. Parecer\u00eda que nuestras modernas ideas sobre rendici\u00f3n de cuentas (\u2018accountability\u2019) de nuestros gobernantes, tiene or\u00edgenes m\u00e1s en Oriente, que en Occidente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">M\u00e1s cercanos en el tiempo, fueron los desarrollos en los Estados Unidos de Am\u00e9rica, Australia, Nueva Zelandia y Canad\u00e1, quienes terminaron, con distintos grados de \u00e9xito, de dar el impulso a la corriente mundial de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Uno de los principales problemas a la hora de establecer instituciones \u2011es decir reglas del juego- consiste en explicar el significado de las mismas. Las leyes de acceso a la informaci\u00f3n encuentran su l\u00f3gica en el concepto de rendici\u00f3n de cuentas. En una democracia, los ciudadanos tienen derecho a demandar informaci\u00f3n de su gobierno, a los efectos de conocer, entender y eventualmente actuar, sobre lo que el gobierno hace. En su forma m\u00e1s simple, dice el&nbsp; te\u00f3rico australiano Richard Mulgan, es una forma de evitar que quienes son servidores (los gobernantes) se conviertan en amos,&nbsp;y quienes son amos (los ciudadanos)&nbsp;se conviertan en sirvientes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Si miramos m\u00e1s hacia el fondo de la cuesti\u00f3n, lo que las leyes como \u00e9sta quieren ayudar a reducir, es la asimetr\u00eda de informaci\u00f3n que existe entre gobernantes y gobernados, que da justamente ventaja a los primeros. La transparencia, lo que algunos juristas definen como la diafanidad de la actividad de la administraci\u00f3n p\u00fablica, es lo que termina ayudando a eliminar la asimetr\u00eda referida, reduciendo los riesgos de corrupci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Normas como las que acaba de aprobar Uruguay contienen en si mismas varias promesas. La reducci\u00f3n de la asimetr\u00eda de informaci\u00f3n entre gobernantes y gobernados, trae como resultado mayor cantidad de datos para tomar decisiones. A mayor flujo de informaci\u00f3n, se asume que los ciudadanos ser\u00e1n m\u00e1s libres para decidir lo que crean convenientes. De esta manera, potenciando el rol de la sociedad civil y una prensa independiente, la actividad del gobierno puede ser sometida a mayor y mejor an\u00e1lisis.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el fondo se encuentra el viejo ideal de varios fil\u00f3sofos pol\u00edticos (contempor\u00e1neamente el punto ha sido&nbsp; repetido varias veces por J\u00fcrgen Habermas) de que en el espacio p\u00fablico el di\u00e1logo adquiera una estructura igualitaria, racional, y con menos distorsiones ideol\u00f3gicas, ya que los ciudadanos se encontrar\u00edan discutiendo,&nbsp; sobre bases m\u00e1s ciertas. Estas normas son un reconocimiento y un intento de remedio, frente a los profundos cambios de vida en nuestro mundo y que lleva a la llamada \u00abcrisis de legitimidad\u00bb, no solo de los partidos pol\u00edticos, sino de varias instituciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al reconocer la falencia del paradigma de la democracia representativa cl\u00e1sica, estas leyes abren un espacio de libertad&nbsp; y mejor participaci\u00f3n, que te\u00f3ricamente implica m\u00e1s y mejor democracia, cuando los ciudadanos se dedican al control y colaboraci\u00f3n dentro del espacio p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Crear instituciones a la altura de tan nobles est\u00e1ndares no es tarea f\u00e1cil para ninguna ley en ning\u00fan pa\u00eds. En Uruguay elementos de la cultura pol\u00edtica local&nbsp; lo hacen notoriamente complicado. Primero, porque a pesar de la muy extendida (e ilusoria) creencia uruguaya de que las leyes cambian las realidad ipso facto, no lo hacen. Segundo, fruto de este primer enfoque legalista, existe otra creencia extendida en la cultura local de&nbsp; \u00abM\u00b4hijo el dotor\u00bb&nbsp; en la que pareciera que solo los abogados pueden aplicar y entender de estas cosas.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La realidad es notoriamente m\u00e1s compleja que la ley y requiere de una visi\u00f3n integradora. El primer escollo que encontrar\u00e1 \u00e9sta ley es un viejo conocido de la realidad uruguaya y es su aparato estatal local. Como es casi un\u00e1nime entre todos los que han analizado el Estado uruguayo, la l\u00f3gica partidista y patrimonialista (popularmente entendida como: \u00abseg\u00fan de que partido soy que cargo tengo, sin que los m\u00e9ritos personales tengan nada que ver\u00bb)&nbsp; que ha impregnado al pa\u00eds durante el siglo XX, y que ha impedido que, salvo notorias excepciones, la aparici\u00f3n una burocracia m\u00e1s profesional, ser\u00e1 un problema. Esa falta de profesionalismo en muchas reparticiones p\u00fablicas lleva al segundo escollo con el cual la ley se topar\u00e1 que son los sistemas de informaci\u00f3n dentro del Estado y el manejo de los archivos. De nada servir\u00e1 a los siempre prestos a litigar abogados uruguayos, asegurar sus derechos en la corte si la base administrativa no se encuentra s\u00f3lida.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;Un nuevo ejemplo de lo que Uruguay precisa no es \u00abmenos Estado\u00bb, como infantilmente pregonan algunos,&nbsp; sino una maquinaria de gobierno profesional y eficiente que agregue valor p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Desde el punto de vista del dise\u00f1o institucional la ley tiene falencias. Fruto de la cultura del litigio en Uruguay, la ley establece en su art\u00edculo 22 la acci\u00f3n de acceso a la informaci\u00f3n, en caso que un sujeto obligado (gen\u00e9ricamente el Estado uruguayo) decida n cumplirla. La \u00a8sumariedad\u00bb (Art. 30) del proceso, implica que debe ser breve y expeditivo.&nbsp; La judicializaci\u00f3n de esta clase de conflicto a nivel comparado, es una opci\u00f3n de \u00faltimo recurso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto se debe a los costos de acceder a la justicia por parte de los interesados (tiempo y dinero), y aunque estos fueran menores, el costo al propio sistema judicial en t\u00e9rminos de recursos. Al elegir este camino, los uruguayos deber\u00e1n seguir acudiendo a las cortes para encontrar justicia, bajo la esperanza que cuando la sociedad civil gane una serie de \u00a8leading cases\u00a8, el Estado decidir\u00e1 establecer como norma general el cumplimiento de la ley.&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A pesar de ser una teor\u00eda posible, el Estado podr\u00eda no tener los incentivos institucionales adecuados para proceder de esta manera. El Estado dispone del incentivo natural a toda burocracia de operar en la sombras, un buen n\u00famero de abogados, y sanciones poco claras en caso que el incumpliendo no sea \u00abflagrante\u00bb (lo cual, implicar\u00eda irnos a la \u00f3rbita del derecho penal, donde seguramente el incumplimiento se ver\u00eda asociado a otras conductas delictivas).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La otra falencia institucional tiene que ver con el organismo de contralor establecido en&nbsp; la ley, la llamada Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (UAIP). La misma se encuentra ubicada en la \u00f3rbita de la Agencia Nacional para el Desarrollo de la gesti\u00f3n electr\u00f3nica y la sociedad de la informaci\u00f3n y el conocimiento (AGESIC). AGESIC, a su vez, se encuentra en la \u00f3rbita del Poder Ejecutivo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por m\u00e1s que ambas unidades, tienen notoria autonom\u00eda t\u00e9cnica, y se ha buscado&nbsp; en el caso de la UAIP darle mayor legitimidad estableciendo un consejo que involucre a los distintos actores, la realidad es que sigue dentro de la competencia del Poder Ejecutivo.&nbsp; Hasta la fecha, la teor\u00eda que domina el llamado \u00abdise\u00f1o institucional\u00bb, establece una m\u00e1xima clara con respecto a los organismos que se controlan a s\u00ed mismos. Po\u00e9ticamente, en palabras del constitucionalista estadounidense, Madison \u00a8Si los hombres fueran \u00e1ngeles, no ser\u00eda necesario un gobierno. Si los \u00e1ngeles fueran a gobernar a los hombres, no se necesitar\u00edan controles internos ni externos\u00bb.&nbsp; Lamentablemente, ni los hombres (ni mujeres) son \u00e1ngeles, ni nos gobiernan \u00e1ngeles.&nbsp; De ah\u00ed que el rol de contralor previsto para UAIP ser\u00e1 necesariamente d\u00e9bil (el Poder Ejecutivo no necesariamente tendr\u00e1 la voluntad de controlarse a s\u00ed mismo), aunque tiene la gran potencialidad de convertirse en generador de normas y est\u00e1ndares, que permitan un enfoque global del fen\u00f3meno desde la Administraci\u00f3n Central.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En general, la ley debe ser vista como un paso esencial para impulsar al Uruguay hacia una democracia m\u00e1s moderna. Esto significa que la informaci\u00f3n p\u00fablica se torna un elemento imprescindible para alimentar los debates, as\u00ed como para la creaci\u00f3n de riqueza en el contexto de una sociedad del conocimiento.&nbsp; Significa adem\u00e1s de que existir\u00e1 la posibilidad para crear nuevas sinergias que dar\u00e1n lugar a distintas formas de participaci\u00f3n ciudadana, en funci\u00f3n de la influencia de las tecnolog\u00edas de la informaci\u00f3n y el conocimiento. Eso implica que el enfoque para su implementaci\u00f3n no debe ser dominado por l\u00f3gicas legalistas, sino por enfoques multidisciplinarios que incorporen lo mejor de la experiencia en sistemas de informaci\u00f3n, archivos y gerenciamiento p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00c9sta ley, es por supuesto, perfectible. Pero la realidad, la \u00fanica realidad que vivimos, es la que tenemos frente a nuestros ojos. Esa realidad indica que Uruguay ha comenzado a transitar la senda correcta. As\u00ed como el origen de esta instituci\u00f3n puede ubicarse en la antigua China, las palabras atribuidas a Lao Tse, figura entre real y m\u00edtica, de esa misma tierra, pueden servir de inspiraci\u00f3n: Un viaje de mil millas comienza con el primer paso.&nbsp; Y desde aqu\u00ed festejamos que se haya dado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Fabrizio Scrollini<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Las nuevas reglas del Juego Escribe Fabrizio Scrollini La luz del sol es el mejor antis\u00e9pticoLouis Brandeis Ha sido un largo camino, pero finalmente Uruguay tiene su nueva ley de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y amparo informativo. De esta forma, nuestro pa\u00eds se une&nbsp;al menos 70 pa\u00edses que cuentan con este instrumento para controlar&#8230; <a class=\"view-article\" href=\"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/desafios-y-riesgos-de-la-nueva-ley-de-acceso-a-la-informacion-publica\/\"><\/a>","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[155],"tags":[],"class_list":["post-1861","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-publicaciones"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1861","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1861"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1861\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1862,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1861\/revisions\/1862"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1861"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1861"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1861"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}