{"id":1853,"date":"2010-04-20T00:00:00","date_gmt":"2022-01-29T23:49:19","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/personal\/cainfo_final\/?p=1853"},"modified":"2022-01-29T20:49:23","modified_gmt":"2022-01-29T23:49:23","slug":"la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/","title":{"rendered":"La nueva agenda del Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica en la regi\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Obst\u00e1culos culturales, institucionales, de participaci\u00f3n y jur\u00eddicos<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;en la implementaci\u00f3n de una cultura de la transparencia<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por Edison Lanza<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Director del Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (Uruguay)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">1. Introducci\u00f3n.-<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el t\u00e9rmino de una d\u00e9cada la mancha de los pa\u00edses de la regi\u00f3n que tienen ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica se ha extendido sin parar. En el continente 17 pa\u00edses ya cuentan con leyes de alcance nacional<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn1\">[1]<\/a>.Otros dos pa\u00edses \u2013Argentina y Bolivia tienen decretos sobre acceso a la informaci\u00f3n que se aplican al Poder Ejecutivo Nacional (PEN). Otros cinco pa\u00edses \u2013Brasil, Colombia, Costa Rica, El Salvador y Paraguay- a\u00fan no cuentan con esta herramienta de protecci\u00f3n de la libertad de informaci\u00f3n pero tres de ellos est\u00e1n en camino de aprobar &nbsp;legislaciones espec\u00edficas. La C\u00e1mara de Diputados de Brasil aprob\u00f3 la semana pasada un proyecto de ley nacional que garantice ese derecho. En Paraguay y El Salvador hay proyectos a consideraci\u00f3n del Parlamento. En pa\u00edses como Costa Rica, Colombia e incluso Argentina el reconocimiento del derecho a la informaci\u00f3n por v\u00eda jurisprudencial se encuentra asentado en fallos de las Cortes Supremas, en base a la Constituci\u00f3n y a las convenciones y est\u00e1ndares del sistema interamericano de derechos humanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De hecho, la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH) &nbsp;fue la primera en reconocer expl\u00edcitamente el derecho de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica a trav\u00e9s de un hist\u00f3rico fallo<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn2\">[2]<\/a>&nbsp;y sus organismos de protecci\u00f3n como la Comisi\u00f3n IDH han incluido el acceso a la informaci\u00f3n y la transparencia entre los derechos a titular junto a la libertad de expresi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tanto este fallo pronunciado en 2006, como toda la evoluci\u00f3n regional por la reconquista del acceso a la informaci\u00f3n hacen foco en un asunto central de la democracia: si los ciudadanos son la fuente de autoridad del poder pol\u00edtico, tienen que contar con el poder efectivo de controlar a sus mandantes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En una democracia, los ciudadanos tienen derecho a demandar informaci\u00f3n de su gobierno, a los efectos de conocer, entender y eventualmente actuar, sobre lo que el gobierno hace. Por supuesto que para algunos sectores espec\u00edficos, como el periodismo y las organizaciones de la sociedad civil, el derecho de acceso a la informaci\u00f3n es una herramienta clave para investigar y proteger otros derechos fundamentales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En su forma m\u00e1s simple, dice el&nbsp; te\u00f3rico australiano Richard Mulgan, el acceso a la informaci\u00f3n es una forma de evitar que quienes son servidores (los gobernantes) se conviertan en amos,&nbsp;y quienes son amos (los ciudadanos)&nbsp;se conviertan en sirvientes.<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn3\">[3]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con este grado de reconocimiento y establecimiento en los marcos regulatorios de la regi\u00f3n es v\u00e1lido preguntarse: \u00bfC\u00f3mo est\u00e1n reaccionando los Estados ante estas leyes que pretenden \u201cabrir\u201d las ventanas para que entre el sol a todos los rincones de la burocracia? \u00bfSe est\u00e1n generando instituciones s\u00f3lidas que garanticen un gobierno abierto? \u00bfLos ciudadanos, periodistas y organizaciones han incorporado el uso de este derecho y exigen rendici\u00f3n de cuentas a sus gobernantes?<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los procesos difieren en cada pa\u00eds, pero en una d\u00e9cada de leyes y de creaci\u00f3n de instituciones entorno al acceso a la informaci\u00f3n permiten afirmar que la situaci\u00f3n ha mejorado, pero en la regi\u00f3n a\u00fan queda un largo camino ha recorrer para acercarse al grupo de pa\u00edses que funcionan inmersos en una cultura de transparencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Claro que la sola entrada en vigencia de las leyes de AIP ha generado, en muchos pa\u00edses, un efecto casi instant\u00e1neo y positivo en t\u00e9rminos de protecci\u00f3n del derecho a la informaci\u00f3n. En pa\u00edses en los que solicitar informaci\u00f3n al Estado supon\u00eda ingresar en un proceso kafkiano que pod\u00eda demorar a\u00f1os \u2013sin el \u00e9xito asegurado-, ahora existen reglas de juego claras y efectivas para obtener una respuesta oportuna y un recurso accesible para impugnar una negativa u omisi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De alg\u00fan modo el derecho a la informaci\u00f3n ya no es negado sistem\u00e1ticamente por las burocracias de Am\u00e9rica Latina, cuyos funcionarios lentamente \u2013muchas veces a trav\u00e9s de los recursos y acciones legales incluidas en las leyes de AIP- empiezan a entender que no son propietarios de la informaci\u00f3n. En todos los casos estas leyes incluyen la instalaci\u00f3n de \u00f3rganos de control y aplicaci\u00f3n de los est\u00e1ndares de transparencia, cuyo accionar comienza a derramar \u2013con mayores o menores problemas- las mejores pr\u00e1cticas de transparencia al interior del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pero con la entrada en vigor de las leyes de acceso nos hemos dado cuenta \u2013hablo en primer lugar desde sociedad civil- de que la posibilidad de solicitar informaci\u00f3n y de tener un recurso efectivo para hacerlo valer es solo la punta del iceberg.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cualquier an\u00e1lisis del impacto que est\u00e1n produciendo las leyes de AIP requiere ingresar a estudiar una multiplicidad de dimensiones que entran en juego en este fen\u00f3meno. Para mencionar solo algunas dimensiones, el \u00e9xito de una ley de este tipo requiere, a lo menos: i) el fortalecimiento institucional de los procesos de acceso a la informaci\u00f3n al interior del Estado (procedimiento de pedidos de informaci\u00f3n y obligaciones de transparencia activa); ii) la necesidad de operar una transformaci\u00f3n cultural en el Estado y en la sociedad (lo que equivale al empoderamiento de los ciudadanos); iii) una institucionalidad con autonom\u00eda, facultades, poderes y presupuesto para implementar y garantizar el derecho a la informaci\u00f3n; iv) y la gesti\u00f3n y preservaci\u00f3n de los archivos estatales, en pa\u00edses que no ten\u00edan una pol\u00edtica p\u00fablica de archivos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una vez reconocido el derecho, el asunto central pasa a ser ahora la construcci\u00f3n de capacidades al interior del sector p\u00fablico para atender la demanda de informaci\u00f3n; la generaci\u00f3n de din\u00e1micas que mejoren las pol\u00edticas de transparencia activa, esto es de divulgaci\u00f3n continua y actualizada de informaci\u00f3n relevante para los ciudadanos, sin necesidad de solicitarla. Esto tiene por supuesto implicaciones en los procesos de reforma del Estado en curso y en las din\u00e1micas culturales de las organizaciones p\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">2. Necesidad de un diagn\u00f3stico.-<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Diversos informes de la sociedad civil e investigaciones en curso buscan determinar y poner en evidencia cu\u00e1les son los obst\u00e1culos culturales, sociales, institucionales, burocr\u00e1ticos y de presupuesto que encuentra la implementaci\u00f3n de las leyes de acceso en la regi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para este trabajo se tomaron como referencia los siguientes documentos disponibles: un reciente informe titulado \u201cSaber M\u00e1s\u201d, elaborado por la Alianza Regional por la Libertad de Expresi\u00f3n y el Acceso a la Informaci\u00f3n, compuesta por 24 organizaciones de las Am\u00e9ricas, que ofrece un mapeo de los principales obst\u00e1culos que enfrenta la implementaci\u00f3n del acceso a la informaci\u00f3n en la regi\u00f3n. La recolecci\u00f3n de informaci\u00f3n realizada por Proacceso a trav\u00e9s de cuestionarios que todas las organizaciones que participan del encuentro sobre \u201cDesaf\u00edos regionales del AIP\u201d. El libro \u201cLa Palabra Rota\u201d, publicado por la organizaci\u00f3n ecuatoriana Fundamedios incluye un cap\u00edtulo sobre los procedimientos de pedidos. Materiales de prensa e informes de organismos de aplicaci\u00f3n como el IFAI.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Con estas percepciones disponibles, voy a intentar dimensionar los obst\u00e1culos y debilidades reportadas en la pol\u00edtica p\u00fablica de AIP, de acuerdo a la Gu\u00eda Metodol\u00f3gica de Venciendo la Cultura del Secreto, que busca cuantificar con datos concretos y evidencia, estos obst\u00e1culos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">I.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Procedimientos para pedidos y acceso a la informaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">I.1.- Solicitudes de acceso a la informaci\u00f3n. En general pa\u00edses como Argentina, Ecuador, Bolivia, Per\u00fa y Uruguay presentan restricciones y dificultades en la tramitaci\u00f3n de los pedidos de acceso que se pueden resumir en: a) dificultades para que las personas puedan presentar el pedido y conozcan la ruta que siguen sus pedidos, puedan realizar un seguimiento de los mismos y sean correctamente notificados de la respuesta; b) demoras en la entrega de las respuestas y\/o mala calidad de las respuestas; c) discusi\u00f3n acerca de la obligaci\u00f3n de producir informaci\u00f3n por parte del Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">I.2.- Transparencia Activa. La obligaci\u00f3n de las entidades p\u00fablicas de publicar informaci\u00f3n de manera proactiva o rutinaria, aunque no existan solicitudes de por medio (lo que se conoce como Transparencia Activa), es una de las principales innovaciones de las normas de AIP.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A partir de la transparencia activa los gobiernos pueden hacer una gran contribuci\u00f3n a la rendici\u00f3n de cuentas y asegurar que determinada informaci\u00f3n clave llegue a la comunidad. Todas las normas de acceso de la regi\u00f3n con rango legal, y a\u00fan los decretos de Argentina y Bolivia, contienen previsiones para asegurar que las instituciones estatales difunda informaci\u00f3n de distinta clase de forma proactiva, a trav\u00e9s de la web, y sin mediar solicitud por parte de los ciudadanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">&nbsp;No obstante, esas obligaciones de publicar vigentes no se est\u00e1n cumpliendo a cabalidad en la mayor parte de los pa\u00edses. En Ecuador, Bolivia y Uruguay, pese a que las respectivas normas de acceso a la informaci\u00f3n contienen un cap\u00edtulo que delimita con claridad las obligaciones de publicar distintas clases de informaci\u00f3n, el cumplimiento ha sido dispar seg\u00fan cada instituci\u00f3n y a\u00fan no hay mecanismos normativos e institucionales claros para obligar a los organismos a cumplir con esta importante carga.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Un reciente estudio presentado en Uruguay da cuenta de que el 76% de los organismos p\u00fablicos no cumple integralmente con el cap\u00edtulo de transparencia activa de la Ley de AIP (N\u00b0 18.381), dentro de los cuales el 4% no cumple con ninguna obligaci\u00f3n de la ley.<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn4\">[4]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">II.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Dise\u00f1o institucional y cumplimiento del marco normativo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">II.1 Resoluci\u00f3n de disputas entre requirente y requerido. Como lo expresa la Gu\u00eda Metodol\u00f3gica del proyecto \u201cVenciendo la Cultura del Secreto\u201d, ingresan en esta dimensi\u00f3n los procesos que se siguen para resolver las disputas entre el AIP y sus excepciones, as\u00ed como los plazos para resolver, el cumplimiento de las resoluciones, las dificultades\/obst\u00e1culos enfrentados y los actores que participan en los mismos, as\u00ed como sus \u201carenas\u201d (pol\u00edtica, judicial, administrativa).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Incluimos tambi\u00e9n en este cap\u00edtulo el dise\u00f1o institucional para la aplicaci\u00f3n, promoci\u00f3n y control de la ley. Todos aspectos que pueden o no estar concentrados en una instituci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La protecci\u00f3n del AIP tambi\u00e9n supone la existencia de un \u00f3rgano de control y\/o un proceso jurisdiccional eficaz y expeditivo para dirimir los conflictos entre la libertad de informaci\u00f3n y las excepciones o hacer cumplir el derecho cuando el organismo deniega la informaci\u00f3n o no responde a la solicitud.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En este campo ciudadanos de pa\u00edses como Per\u00fa, Colombia, Paraguay y Rep\u00fablica Dominicana deben acudir al proceso de amparo ordinario para exigir el cumplimiento de la ley de AIP. Este tipo de proceso es ineficaz, con no pocos obst\u00e1culos jur\u00eddicos y suelen ser largos y desalentadores.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En estos pa\u00edses, y en otros como Argentina, Costa Rica y Colombia, a\u00fan cuando la Justicia respalde la petici\u00f3n del ciudadano, luego se presentan problemas para ejecutar o hacer cumplir una sentencia que obliga al Estado a entregar la informaci\u00f3n. No existen mecanismos coactivos para hacerlas valer.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Salvo en Chile y en M\u00e9xico las resoluciones de los \u00f3rganos de aplicaci\u00f3n y control de la ley, que resuelven las disputas entre los ciudadanos y la administraci\u00f3n, no son vinculantes y se convierten en meras recomendaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">II. 2.- Dise\u00f1o institucional. Al parecer no existe un consenso en la regi\u00f3n sobre el modelo de dise\u00f1o institucional que requiere una pol\u00edtica p\u00fablica de transparencia y acceso a la informaci\u00f3n. Las distintas normas han delegado la implementaci\u00f3n, promoci\u00f3n, aplicaci\u00f3n y control de las leyes de AIP en una variedad de formatos, posiciones institucionales y dise\u00f1o. Veamos algunos de ellos.<\/p>\n\n\n\n<figure class=\"wp-block-table\"><table><tbody><tr><td>Pa\u00eds<\/td><td>Organismo<\/td><td>Tipolog\u00eda<\/td><td>Grado<\/td><td>Presupuesto<\/td><td>Potestad(enforcment)<\/td><\/tr><tr><td>Argentina<\/td><td>Subsecretaria para la Reforma Inst. y Fortalecimeinto de la Democracia<\/td><td>unidad ejecutora<\/td><td>dependiente<\/td><td>No soberano<\/td><td>No vinculante<\/td><\/tr><tr><td>Chile<\/td><td>ConsejoPara la Transparencia<\/td><td>OrganismoAut\u00f3nomo<\/td><td>autonom\u00eda<\/td><td>No soberano<\/td><td>Vinculante<\/td><\/tr><tr><td>Guatemala<\/td><td>Procurador de los DDHH<\/td><td>Comisionado parlamentario<\/td><td>dependiente<\/td><td>Presupuesto legislativo<\/td><td>No vinculante<\/td><\/tr><tr><td>Bolivia<\/td><td>Ministerio para la Transparencia<\/td><td>Secretar\u00eda de Estado<\/td><td>Dependiente Poder Ejecutivo<\/td><td>soberano<\/td><td>No resuelve<\/td><\/tr><tr><td>Uruguay<\/td><td>Unidad de AIP<\/td><td>Unidad operativa<\/td><td>Dependiente de Agesic, que depende del PEN<\/td><td>No soberano<\/td><td>No vinculantes<\/td><\/tr><\/tbody><\/table><\/figure>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">III. Participaci\u00f3n (obst\u00e1culos culturales). Aunque existen ejemplos de buenas pr\u00e1cticas, especialmente en M\u00e9xico a partir del IFAI, la mayor parte de los pa\u00edses presenta problemas culturales para transitar desde una cultura del secreto a una cultura de la transparencia, tanto desde el punto de vista de las burocracias, como de la sociedad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las carencias y complicaciones que se reportan con m\u00e1s frecuencia por parte de las organizaciones de la sociedad civil de la regi\u00f3n son las siguientes:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por parte de los Estados:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Desconocimiento de los principios y la normativa de AIP por parte de los funcionarios p\u00fablicos.<\/li><li>Persistencia de la cultura de la \u201cmolestia\u201d en los funcionarios, que mantienen la creencia de la propiedad estatal de la informaci\u00f3n.<\/li><li>Omisi\u00f3n en contestar solicitudes sobre casos delicados o comprometedores.<\/li><li>Carencias en la organizaci\u00f3n de los archivos y desorden administrativo que no facilitan el acceso.<\/li><li>Inexistencia de la informaci\u00f3n.<\/li><li>Abuso de las excepciones para denegar acceso. Producci\u00f3n de informaci\u00f3n y cl\u00e1usulas de confidencialidad son las nuevas estrellas del Estado.<\/li><li>Ausencia de campa\u00f1as de difusi\u00f3n.<\/li><li>Quejas por el trabajo adicional.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En resumen, los Estados de la regi\u00f3n no terminan de incorporar la transparencia como \u201cun valor\u201d de la cultura de la organizaci\u00f3n. Mientras las organizaciones p\u00fablicas contin\u00faen mirando al AIP, y todo el cambio que produce, solamente como un mandato legal, vamos a tener problemas con los pedidos de acceso, con la transparencia activa, con la producci\u00f3n de informaci\u00f3n, con los archivos, etc\u00e9tera.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Hace falta que la transparencia sea incorporada como \u201cun principio de comportamiento institucional que forma parte de su cultura organizacional\u201d.<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn5\">[5]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por parte de la sociedad:<\/p>\n\n\n\n<ul class=\"wp-block-list\"><li>Desconocimiento de los decretos por parte de los ciudadanos.<\/li><li>Desconocimiento entre los periodistas y utilizaci\u00f3n aislada por parte de empresas y organizaciones sociales.<\/li><li>Escasa difusi\u00f3n de la herramienta entre los ciudadanos.<\/li><li>Problemas para formular los pedidos de informaci\u00f3n.<\/li><li>Falta de formaci\u00f3n en la materia en universidades tanto de periodismo como derecho.<\/li><\/ul>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A continuaci\u00f3n veamos una panor\u00e1mica de la implementaci\u00f3n del AIP en distintos pa\u00edses y \u00e9stos reportan problemas procedimentales y culturales similares. Veamos algunos ejemplos:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El informe de Colombia afirma que \u201cen muchos casos las entidades p\u00fablicas simplemente no tienen la informaci\u00f3n o la tienen en bruto, no procesada y desordenada o de acuerdo con lineamientos internos no estandarizados que no es posible comprender por personas externas a la instituci\u00f3n\u201d.<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn6\">[6]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201dHay graves obst\u00e1culos culturales, toda vez que los funcionarios p\u00fablicos se resisten a entregar la informaci\u00f3n p\u00fablica pues en la pr\u00e1ctica se considera reservada toda informaci\u00f3n que provenga del gobierno, aunque haya normatividad que disponga lo contrario\u201d, prosigue.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los funcionarios, de alguna manera, \u201cno desean compartir la informaci\u00f3n p\u00fablica con el resto de los ciudadanos; consideran que el uso de la informaci\u00f3n p\u00fablica por parte de la ciudadan\u00eda y los periodistas puede llegar a ser lesiva para el Estado\u201d, finaliza.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Libro \u201cLa palabra rota\u201d editado por la ONG ecuatoriana Fundamedios, resume de esta forma los fracasos a cuenta de la Ley Org\u00e1nica de Transparencia e Informaci\u00f3n P\u00fablica (LOTAIP), que entr\u00f3 en vigencia hace cinco a\u00f1os:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cCon el pasar del tiempo, la aplicaci\u00f3n de la ley ha quedado a la suerte de lo que las entidades publicas consideran pertinente. Muchos entes p\u00fablicos tienen sitios web donde colocan informaci\u00f3n p\u00fablica, pero no siempre completa y actualizada de acuerdo a lo que dispone la LOTAIP. Pocos entes cuentan con un departamento o funcionario encargado de la aplicaci\u00f3n de la ley. La mayor\u00eda no ha desarrollado registros p\u00fablicos. Y, lo que es peor, muchas solicitudes de ciudadanos sobre informaci\u00f3n p\u00fablica no son contestadas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Uruguay, el Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (CAInfo) redact\u00f3 el cap\u00edtulo de ese pa\u00eds correspondiente al informe \u201cSaber M\u00e1s\u201d; all\u00ed destac\u00f3 que la inercia de un Estado que en muchos sentidos a\u00fan no se enter\u00f3 de la existencia de la ley est\u00e1 demorando la incorporaci\u00f3n de una cultura de transparencia:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cEl plazo (para responder un pedido de informaci\u00f3n) de por s\u00ed es razonablemente extenso, pero a\u00fan as\u00ed muchos organismos no entregan la informaci\u00f3n dentro del mismo, lo que obliga a muchos peticionantes a presentar la acci\u00f3n de acceso a la informaci\u00f3n ante el Poder Judicial. Una vez en esa instancia, la informaci\u00f3n es liberada, pero hizo perder la calidad de oportunidad a la misma. La ley no discrimina por el solicitante, pero en un caso al menos, un organismo municipal neg\u00f3 una informaci\u00f3n a un peticionario por su calidad de periodista. Los monitoreos deber\u00e1n estar atentos a estos asuntos\u201d, explica el reporte.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En Bolivia se creo un Ministerio de la Transparencia, lo que es toda una novedad en la regi\u00f3n, para implementar transparencia y probidad. No obstante persiste una vieja cultura jer\u00e1rquica que endentece los procesos de acceso- La Asociaci\u00f3n Nacional de la Prensa (ANP) de Bolivia, inform\u00f3 para este trabajo que los funcionarios de comunicaci\u00f3n o de las propias unidades de acceso, \u201ctienen miedo de entregar informaci\u00f3n sin la autorizaci\u00f3n del jerarca\u201d. Tambi\u00e9n persiste el desconocimiento de los procesos de AIP dentro del Estado, pese a que se hicieron campa\u00f1as bastante extendidas de capacitaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En M\u00e9xico, cuya ley federal de acceso a la informaci\u00f3n y la institucionalidad creada a partir del Instituto Federal de Acceso a la Informaci\u00f3n (IFAI) es un ejemplo para la regi\u00f3n, una encuesta entre servidores p\u00fablicos mostr\u00f3 las contradicciones que genera el cambio de una cultura del secreto a otra de transparencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">De acuerdo a esta encuesta realizada en el a\u00f1o 2007, seis a\u00f1os despu\u00e9s de que entrara en vigencia la ley, el 83% de los funcionarios encuestados conoc\u00eda la ley federal de AIP, contra 17% que no la ten\u00edan presente, lo que habla de un \u00e9xito en materia de difusi\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En esa compulsa en interesante ver como la mayor\u00eda le reconoce efectos positivos a la ley. Entre el 80% y el 85% creen que los archivos est\u00e1n mejor organizados, la informaci\u00f3n es entregada y hay mejoras en la eficiencia. En el entorno de esos guarismos tambi\u00e9n los servidores consultados creen que la ley tuvo efectos positivos en el cambio cultural de las organizaciones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como contrapartida, todav\u00eda el 93% se queja del trabajo adicional que genera la nueva normativa, el 29% denuncia un mal uso de la ley y el 18% ha tenido problemas con las respuestas que dieron a los ciudadanos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">IV.&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp;&nbsp; Problemas t\u00e9cnico-jur\u00eddicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En paralelo con todas las dimensiones relacionadas con la implementaci\u00f3n de la ley de AIP, los usuarios en el ejercicio de su derecho a la informaci\u00f3n est\u00e1n comenzando a desencadenar conflicto de derechos y ponen a prueba los l\u00edmites del derecho.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Algunos titulares para presentar estos nuevos dilemas que comenzaron a ocupar la agenda de litigio en esta materia:<\/p>\n\n\n\n<ol class=\"wp-block-list\" type=\"a\"><li>Acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica y datos personales. Por ejemplo cuando el nombre de la persona est\u00e1 asociado a informaci\u00f3n como salarios p\u00fablicos o beneficios sociales. Banco de datos de los organismos p\u00fablicos.<\/li><li>Clasificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n como confidencial y reservada.<\/li><li>Prueba de da\u00f1o para informaci\u00f3n relacionado con la estabilidad financiera y las relaciones exteriores.<\/li><li>Protecci\u00f3n de los derechos humanos e inoponibilidad de excepciones (seguridad nacional, etc\u00e9tera).<\/li><li>Producci\u00f3n de informaci\u00f3n e inexistencia de informaci\u00f3n. Obligaci\u00f3n de recopilar como l\u00edmite y de producir informaci\u00f3n relativa a sus cometidos institucionales.<\/li><li>Acceso a informaci\u00f3n de calidad. La propia CIDH acaba de aprobar un est\u00e1ndar sobre la obligaci\u00f3n de los Estados de producir y facilitar el acceso de informaci\u00f3n de calidad, en el marco de un estudio sobre \u201cSeguridad ciudadana y derechos humanos\u201d. Incluye en este est\u00e1ndar la producci\u00f3n de indicadores de gesti\u00f3n, la provisi\u00f3n de informaci\u00f3n oportuna sobre seguridad ciudadana y acceso amplio al gasto e inversi\u00f3n en esta materia.<\/li><li>Producci\u00f3n y difusi\u00f3n de informaci\u00f3n por parte de las autoridades que atiendan especialmente a aquellos sectores m\u00e1s vulnerables, en materia social, beneficios, seguridad y violencia.<\/li><\/ol>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">3. Venciendo la Cultura del secreto.-<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En resumen, el reconocimiento del derecho a la informaci\u00f3n parece asentado en la regi\u00f3n al finalizar una d\u00e9cada en la que la sociedad civil y las organizaciones promotoras de la libertad de informaci\u00f3n pusieron el tema en la agenda regional. Con todo hay que estar atentos a algunos intentos de desmontar garant\u00edas de la ley como sucedi\u00f3 este a\u00f1o en Rep\u00fablica Dominicana e incluso con alg\u00fan amague en M\u00e9xico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En un contexto positivo para el AIP, los problemas de implementaci\u00f3n de las leyes de acceso y de las pr\u00e1cticas de transparencia est\u00e1n a la orden del d\u00eda. La agenda de los gobiernos y de la sociedad civil en el futuro inmediato deber\u00e1 centrarse en desmontar la cultura del secreto que pervive en el coraz\u00f3n de las burocracias estatales como una herencia de dos siglos de opacidad y uso de la informaci\u00f3n como un bot\u00edn en manos de funcionarios y gobernantes.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En estos planos se focalizar\u00e1 una investigaci\u00f3n que desarrollar\u00e1n siete organizaciones de la regi\u00f3n bajo el patrocinio del Open Society Institute (OSI). En los fundamentos del proyecto se se\u00f1ala: \u201cLas leyes de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica (en adelante AIP) son una precondici\u00f3n necesaria para el pleno ejercicio del derecho a la informaci\u00f3n y del cumplimiento de las obligaciones de transparencia por parte del Estado. En general, se corre el riesgo de que las leyes se conviertan en meras declaraciones de principios si los organismos encargados de su implementaci\u00f3n no pueden cumplir con su funci\u00f3n, o no tienen los incentivos adecuados para hacerlo. La etapa en la que se encuentra, actualmente, un gran n\u00famero de pa\u00edses latinoamericanos es crucial para el afianzamiento de la cultura de la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas\u201d<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn7\">[7]<\/a>.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Como con acierto ha se\u00f1alado el experto argentino Roberto Saba \u201cel reconocimiento de un derecho requiere que el Estado tome medidas concretas para su real vigencia, lo coloca en situaci\u00f3n de ser objeto de ataque jur\u00eddico cuando estas medidas no son instrumentadas. Esto puede ser as\u00ed toda vez que se entienda que la inacci\u00f3n del estado es un modo de impedir o violar el derecho en cuesti\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A nadie escapa, que todo cambio cultural requiere paciencia y tiempo, adem\u00e1s del cambio normativo que lo dispara. \u201cPara obtener organizaciones p\u00fablicas realmente transparentes es necesario lograr que las organizaciones conviertan la transparencia de una necesidad administrativa impuesta por el exterior a un valor institucional que forma parte de su cultura organizacional\u201d.<a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftn8\">[8]<\/a><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Atendiendo a esta situaci\u00f3n, la buena noticia es que, en la regi\u00f3n, ya hay en curso esfuerzos por parte de distintos actores para corregir las disfunciones estatales en esta materia. En ese marco se inscribe la redacci\u00f3n de un proyecto de Ley Modelo de AIP, en el marco de un proceso convocado por el Comit\u00e9 Jur\u00eddico Interamericano. Los esfuerzos de la sociedad civil, incluyendo a los donantes, para investigar y poner una nueva agenda de AIP sobre la mesa, y la atenci\u00f3n que los organismos multilaterales comienzan a prestar a los temas de acceso a la informaci\u00f3n y transparencia.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por todo ello, como hace una d\u00e9cada una alianza entre la sociedad civil, los organismos de cooperaci\u00f3n y las organizaciones regionales que promueven los derechos humanos impulsaron leyes de acceso para mejorar la transparencia y la rendici\u00f3n de cuentas en las nacionales latinoamericanas, ahora una coalici\u00f3n similar deber\u00e1 ocuparse, incentivar y promover el cambio cultural que una la ley por s\u00ed sola no pueden generar.<\/p>\n\n\n\n<hr class=\"wp-block-separator\"\/>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref1\">[1]<\/a>&nbsp;Antigua y Barbuda, B\u00e9lice, C\u00e1nada, Chile, Colombia, Rep\u00fablica Dominicana, Ecuador, Guatemala, Honduras, Jamaica, M\u00e9xico, Nicaragua, Panam\u00e1, Per\u00fa, Trinidad y Tobago, Estados Unidos&nbsp; y Uruguay.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref2\">[2]<\/a>&nbsp;Claude Reyes vs Chile, sentencia del 19 de setiembre de 2006, disponible en www.corteidh.or.cr\/docs\/art\u00edculos\/seriec_151_espc.pdf.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref3\">[3]<\/a>&nbsp;Fabrizio Scrollini, \u201cLas nuevas reglas del Juego. Desaf\u00edos y riesgos de la nueva ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica\u201d. Cainfo.org.uy (2010).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref4\">[4]<\/a>&nbsp;Rueda, Abadi &amp; Pereira, \u201cEl Estado omiso en abrir informaci\u00f3n\u201d. Diario \u201cEl Pa\u00eds\u201d. (17\/04\/2010)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref5\">[5]<\/a>&nbsp;Ob. Cit. Rodolfo Vergara.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref6\">[6]<\/a>&nbsp;\u201cSaber M\u00e1s\u201d. Informe para el \u201cD\u00eda Internacional del Saber\u201d de la Alianza Regional por la Libertad de Expresi\u00f3n e Informaci\u00f3n. (2009)<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref7\">[7]<\/a>&nbsp;\u201cVenciendo la Cultura del Secreto\u201d. Gu\u00eda Metodol\u00f3gica. Edison Lanza, Fabrizio Scrollini y Silvana Fumega (2010).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><a href=\"https:\/\/www.cainfo.org.uy\/2010\/04\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/#_ftnref8\">[8]<\/a>&nbsp;Rodolfo Vergara. \u201cLa Transparencia como problema\u201d. Cuadernos de Transparencia. Instituto Federal de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (IFAI). (2005)<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Obst\u00e1culos culturales, institucionales, de participaci\u00f3n y jur\u00eddicos &nbsp;en la implementaci\u00f3n de una cultura de la transparencia Por Edison Lanza Director del Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (Uruguay) 1. Introducci\u00f3n.- En el t\u00e9rmino de una d\u00e9cada la mancha de los pa\u00edses de la regi\u00f3n que tienen ley de Acceso a la Informaci\u00f3n&#8230; <a class=\"view-article\" href=\"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/la-nueva-agenda-del-acceso-a-la-informacion-publica-en-la-region\/\"><\/a>","protected":false},"author":2,"featured_media":0,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"footnotes":""},"categories":[155],"tags":[],"class_list":["post-1853","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-publicaciones"],"_links":{"self":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1853","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/users\/2"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1853"}],"version-history":[{"count":1,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1853\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1854,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1853\/revisions\/1854"}],"wp:attachment":[{"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1853"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1853"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1853"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}