{"id":1751,"date":"2011-07-11T00:00:00","date_gmt":"2022-01-29T23:22:16","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/personal\/cainfo_final\/?p=1751"},"modified":"2022-01-29T20:22:16","modified_gmt":"2022-01-29T23:22:16","slug":"ursec-niega-informacion-sobre-abonados-al-cable","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/ursec-niega-informacion-sobre-abonados-al-cable\/","title":{"rendered":"Ursec niega informaci\u00f3n sobre abonados al cable"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Portal 180, 09 de julio de 2011<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaci\u00f3n (Ursec) neg\u00f3 al sindicato de trabajadores de la comunicaci\u00f3n la informaci\u00f3n acerca de cu\u00e1ntos abonados tiene cada operador de televisi\u00f3n cable del interior. El sindicato pretende proponer un sistema en el que se les pague una prima por productividad a los empleados, para solucionar el problema de los bajos salarios que reciben. Frente al rechazo de la Ursec, se iniciar\u00e1n acciones ante el poder judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley de Acceso a la Informaci\u00f3n se cre\u00f3 en 2008 y obliga a los organismos p\u00fablicos a dar la informaci\u00f3n requerida por cualquier ciudadano, sin que se justifique la raz\u00f3n del pedido, en un m\u00e1ximo de 20 d\u00edas, salvo que la informaci\u00f3n pueda comprometer la seguridad o defensa nacional, o que da\u00f1e la estabilidad financiera, econ\u00f3mica o monetaria del pa\u00eds. Si el organismo se niega a dar la informaci\u00f3n, sin una justificaci\u00f3n razonable, el paso siguiente es acudir con el pedido al Poder Judicial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El sindicato de trabajadores de la comunicaci\u00f3n hizo uso de esta ley para pedirle a la Ursec la cantidad de abonados de cada empresa operadora de televisi\u00f3n cable del interior. Una de las facultades de la Ursec es regular a los operadores, ya que estos est\u00e1n haciendo uso de una concesi\u00f3n p\u00fablica, por lo que deben declarar \u2013los datos que maneja la Ursec son solamente los declarados por las empresas\u2013 la cantidad de abonados y pagar un canon en relaci\u00f3n a este n\u00famero. Sin embargo, el departamento jur\u00eddico de la Ursec resolvi\u00f3 no facilitar los datos, ya que consideran que entran bajo la ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El secretario general de la Asociaci\u00f3n de Prensa del Uruguay (APU), Ruben Hern\u00e1ndez, dijo a 180 que la informaci\u00f3n se pidi\u00f3 para armar una f\u00f3rmula para que se le pague a los trabajadores del cable una prima por productividad, por ejemplo, $5 por abonado. \u201cLos salarios de los trabajadores de las empresas de cable del interior est\u00e1n por debajo de los salarios de los peones rurales, por ejemplo\u201d, cont\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Dijo que otro de los problemas a los que se enfrentan es a la posible subdeclaraci\u00f3n de abonados que tienen algunas de las empresas, \u201cpero eso ya es m\u00e1s dif\u00edcil de demostrar\u201d. Explic\u00f3 que cuando Cainfo plantea que se aplique la f\u00f3rmula de la prima para los trabajadores, las empresas rechazan la idea porque dicen que se crear\u00eda una \u201cpolic\u00eda interna\u201d, conformada por los trabajadores que controlar\u00edan constantemente la cantidad de abonados y esto obligar\u00eda a las empresas a \u201cblanquear\u201d sus n\u00fameros.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presidente del Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n (Cainfo), Edison Lanza, dijo a 180 que en su opini\u00f3n, la Ursec tiene la obligaci\u00f3n de proveer estos datos. \u201cNosotros consideramos que es informaci\u00f3n p\u00fablica porque la ley de Acceso dice que toda la informaci\u00f3n en poder del Estado es p\u00fablica, salvo aquella que est\u00e9 amparada en alguna excepci\u00f3n\u201d, dijo y agreg\u00f3 que Cainfo sostiene que la ley de Protecci\u00f3n de Datos Personales no impide que se conozcan datos que los particulares entregan al Estado, \u201csobre todo cuando se trata de mercados regulados\u201d, como en este caso. \u201cLa cantidad de abonados que cada empresa declara tener, sin divulgar qui\u00e9nes son esos abonados, no violenta ning\u00fan dato sensible\u201d, observ\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presidente de la Ursec, Gabriel Lombide, dijo que estos temas son demasiado nuevos en la cultura ciudadana, por lo que no es raro que haya dudas sobre su aplicaci\u00f3n y uso. Explic\u00f3 que, de acuerdo a la ley de Datos Personales, \u201chay datos que son privados de las personas (personas jur\u00eddicas, en este caso) y cuando se piden, se supone que no es para divulgarlos con otros fines (que no sean estad\u00edsticos)\u201d , y agreg\u00f3 que el n\u00famero de abonados es un dato comercial que genera sensibilidad. \u201cLo determinante es la finalidad con la cual se recauda la informaci\u00f3n\u201d, expres\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, Lanza explic\u00f3 que quien pide informaci\u00f3n no tiene que justificar ni explicar para qu\u00e9 la quiere, seg\u00fan dice la ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica. \u201cY en este caso, adem\u00e1s, (la informaci\u00f3n) sirve para proteger otro derecho, que es el del sindicato a negociar con las empresas en pie de igualdad\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lambide dijo que se sienten tranquilos de que sea la justicia la que determine el real alcance de la aplicaci\u00f3n de las leyes \u201cy diga si lo correcto es lo que interpretaron nuestros servicios jur\u00eddicos, o lo correcto es lo que interpretan los integrantes de APU\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"Portal 180, 09 de julio de 2011 La Unidad Reguladora de Servicios de Comunicaci\u00f3n (Ursec) neg\u00f3 al sindicato de trabajadores de la comunicaci\u00f3n la informaci\u00f3n acerca de cu\u00e1ntos abonados tiene cada operador de televisi\u00f3n cable del interior. 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