{"id":1576,"date":"2012-08-30T00:00:00","date_gmt":"2022-01-26T23:24:25","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/personal\/cainfo_final\/?p=1576"},"modified":"2022-01-26T20:24:26","modified_gmt":"2022-01-26T23:24:26","slug":"organismos-excluyen-actas-resoluciones-informes-y-viajes-de-la-informacion-de-acceso-publico-el-control-genera-resistencia","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/organismos-excluyen-actas-resoluciones-informes-y-viajes-de-la-informacion-de-acceso-publico-el-control-genera-resistencia\/","title":{"rendered":"Organismos excluyen actas, resoluciones, informes y viajes de la informaci\u00f3n de acceso p\u00fablico; el control genera \u201cresistencia\u201d"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">B\u00fasqueda, 26 de julio de 2012 \u2013 Victoria Fern\u00e1ndez<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La ley de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder a la informaci\u00f3n que est\u00e1 en poder de los organismos del gobierno. Contempla sin embargo algunas \u201cexcepciones\u201d que deben ser \u201cde interpretaci\u00f3n estricta\u201d y que abarcan las informaciones que la ley define como secretas y las que los organismos clasifican como reservadas o confidenciales.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Pese a que la ley fue sancionada hace casi cuatro a\u00f1os, el cumplimiento de la normativa es heterog\u00e9neo y la interpretaci\u00f3n de la norma ha sido dispar por parte de las entidades p\u00fablicas,<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">lo que provoc\u00f3 cuestionamientos de parte de la oposici\u00f3n y de organizaciones sociales. El pr\u00f3ximo 31 de julio se vence el plazo (que ya fue extendido dos a\u00f1os) para que los organismos clasifiquen la informaci\u00f3n como reservada, confidencial o secreta.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El cumplimiento de la ley ha sido \u201c heterog\u00e9neo\u201d y \u201cla respuesta ha sido diferente en los distintos organismos\u201d, dijo a B\u00fasqueda Mar\u00eda del Carmen Ongay, miembro del Consejo Ejecutivo de la Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (UAIP). \u201cEntendemos que se camina hacia un cumplimiento aceptable\u201d, pero \u201cno debemos olvidar que esta soluci\u00f3n implica un control y ello siempre genera resistencia\u201d, se\u00f1al\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El especialista en derecho administrativo Carlos Delpiazzo evalu\u00f3 que el efecto de la ley en los organismos \u201cha sido, en general, positivo en cuanto a las obligaciones de transparencia activa (lo que los organismos muestran en sus webs) y no tanto en las de transparencia pasiva (clasificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n en las categor\u00edas que la ley prev\u00e9 y respuestas acordes a los requirentes)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Informaci\u00f3n reservada.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Algunos organismos ya han clasificado la informaci\u00f3n en su poder. En el caso de la telef\u00f3nica estatal Antel, el Directorio aprob\u00f3 el 6 de julio una resoluci\u00f3n en la que manifiesta que la situaci\u00f3n competitiva del sector de las telecomunicaciones \u201cindica la existencia de un riesgo razonable de da\u00f1o para Antel en caso de difusi\u00f3n de informaci\u00f3n relativa a su negocio\u201d. Por eso clasifica como \u201creservada\u201d la informaci\u00f3n \u201ccuya difusi\u00f3n pueda suponer una p\u00e9rdida de ventajas competitivas para Antel o da\u00f1ar su proceso de producci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Directorio resolvi\u00f3 que \u201c todo documento o expediente generado o producido (\u2026) estar\u00e1 sujeto al an\u00e1lisis respectivo y de resultar riesgosa su divulgaci\u00f3n deber\u00e1 ser calificada como informaci\u00f3n total o parcialmente reservada mediante resoluci\u00f3n fundada\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Banco Central aprob\u00f3 en abril del 2011 una resoluci\u00f3n en la que define como informaci\u00f3n reservada \u2014 entre otras cosas\u2014 los informes dirigidos al Comit\u00e9 de Pol\u00edtica Monetaria y los informes elaborados a pedido de otras \u00e1reas o del Directorio. Alega en estos casos que la publicidad de esa informaci\u00f3n podr\u00eda \u201cda\u00f1ar la estabilidad financiera, econ\u00f3mica o monetaria del pa\u00eds\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por la misma raz\u00f3n tambi\u00e9n califica como reservados los informes de la asesor\u00eda econ\u00f3mica sobre an\u00e1lisis macroecon\u00f3micos y financieros y los trabajos de investigaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El&nbsp;Banco&nbsp;Rep\u00fablica (BROU), por su parte, deneg\u00f3 un pedido de acceso a la informaci\u00f3n que solicitaba \u2014entre otros puntos\u2014 conocer las resoluciones adoptadas en 2011 y 2012 por el Directorio del Banco Rep\u00fablica y por el Directorio de Rep\u00fablica AFISA (Administradora de Fondos de Inversi\u00f3n Sociedad An\u00f3nima), y las actas de sus sesiones.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El banco se\u00f1al\u00f3 que denegaba la petici\u00f3n por \u201cfalta de legitimaci\u00f3n pasiva del banco para adoptar una resoluci\u00f3n sobre el punto\u201d y afirm\u00f3 que Rep\u00fablica Afisa no es susceptible de ser considerada un organismo p\u00fablico porque es una sociedad comercial regida por el derecho privado. Adem\u00e1s argument\u00f3 que resoluciones y actas del BROU est\u00e1n amparadas por el secreto bancario y profesional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Otros organismos que han clasificado su informaci\u00f3n son el Ministerio del Interior, UTE y la Intendencia de Montevideo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La comuna capitalina clasific\u00f3 como reservados los planos de edificaciones y memorias descriptivas a los que se les hubiera otorgado permiso de construcci\u00f3n y la informaci\u00f3n geogr\u00e1fica y territorial no incluida en los enlaces web institucionales. En el caso de UTE, se considera informaci\u00f3n reservada los documentos del sistema de calidad de las distintas unidades del ente, los desarrollos que puedan ser patentables por UTE, la infraestructura tecnol\u00f3gica de seguridad y edilicia que da soporte a los sistemas de informaci\u00f3n corporativos y la documentaci\u00f3n de equipamiento adquirido por UTE, entre otras cosas. Tambi\u00e9n son reservadas las resoluciones de Directorio que refieran a temas calificados como reservados, confidenciales o sensibles.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Ministerio del Interior clasific\u00f3 como reservada \u201ctoda aquella informaci\u00f3n y documentaci\u00f3n relativa al ejercicio de la actividad policial, en particular aquella relativa a la estrategia y planificaci\u00f3n de las actividades vinculadas a los procedimientos de combate a la delincuencia\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tambi\u00e9n es considerada reservada la documentaci\u00f3n relativa a los procedimientos llevados a cabo por la Direcci\u00f3n de Asuntos Internos, la informaci\u00f3n vinculada a la seguridad de los jerarcas del ministerio, del \u201cejercicio de la custodia en establecimientos de reclusi\u00f3n\u201d y todos los datos que se encuentren en los \u201cregistros policiales\u201c, tales como \u201ccuadernos de novedades, de comunicaciones, oficios, procedimientos, notas\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso de la Administraci\u00f3n Nacional de Puertos (ANP), el director por el Partido Nacional, Pedro Pollak (Aire Fresco), inform\u00f3 a B\u00fasqueda que el organismo no ha tenido necesidad de declarar confidencial ning\u00fan dato y ha respondido a todos los pedidos que le llegaron. \u201cHay informaci\u00f3n que estrat\u00e9gicamente se mantiene reservada pero si llega una solicitud se responde como indica la ley\u201d, explic\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Tampoco el Directorio de Pluna Ente Aut\u00f3nomo se vio en la necesidad de declarar confidencial la informaci\u00f3n. La semana pasada distintos medios informaron sobre el car\u00e1cter confidencial que se le hab\u00eda dado a la informaci\u00f3n referida a Pluna SA. \u201cEsa fue una resoluci\u00f3n de la Auditor\u00eda Interna de la Naci\u00f3n\u201d, se excus\u00f3 el director Fernando Pasadores. Seg\u00fan dijo, el ente que preside solo recibi\u00f3 en este per\u00edodo dos pedidos de informes, a los que respondi\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El martes 10 de julio la Auditor\u00eda Interna de la Naci\u00f3n (AIN) aprob\u00f3 una resoluci\u00f3n en la que clasifica una serie de informaciones en su poder como reservada o confidencial. Entre ellas, determina la confidencialidad de los \u201cdocumentos relativos a la gesti\u00f3n econ\u00f3mica, financiera y comercial de Pluna SA\u201d. La decisi\u00f3n gener\u00f3 duras cr\u00edticas desde la oposici\u00f3n y la AIN emiti\u00f3 un comunicado d\u00edas despu\u00e9s afirmando que hab\u00eda actuado en \u201cforma leg\u00edtima y ajustada a derecho\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (Cainfo) inform\u00f3 que realizar\u00eda un pedido de acceso ante la AIN para solicitar la informaci\u00f3n que tenga en su poder referida a la empresa Pluna. El mismo pedido se presentar\u00e1 tambi\u00e9n ante Pluna Ente Aut\u00f3nomo. En un comunicado difundido el martes 24, Cainfo considera que la resoluci\u00f3n \u201cno cumple con los est\u00e1ndares del derecho a la informaci\u00f3n, en virtud de que no se fundamentan objetivamente los motivos por los cuales cada una de esas informaciones son exiliadas del escrutinio p\u00fablico\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En el caso de la Suprema Corte de Justicia, fuentes vinculadas al organismo informaron que la reserva de la informaci\u00f3n se resuelve caso a caso, seg\u00fan los pedidos de acceso que se presenten. Los informantes recordaron como ejemplo que hace un par de a\u00f1os se neg\u00f3 la informaci\u00f3n a un pedido de acceso que interrogaba sobre los destinos y el costo de los viajes de los ministros de la Corte. El pedido se elev\u00f3 al acuerdo de los ministros y all\u00ed se resolvi\u00f3 que era un asunto reservado porque no era de inter\u00e9s p\u00fablico.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cFalta capacitaci\u00f3n\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El presidente de Cainfo, Edison Lanza, dijo a B\u00fasqueda que la organizaci\u00f3n ha reclamado a la UAIP que emita una gu\u00eda de c\u00f3mo hacer la clasificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n. \u201cEs natural que las burocracias intenten proteger como reflejo cultural todo lo que puedan. Entonces esta clasificaci\u00f3n debe hacerse de acuerdo a est\u00e1ndares, principios y directivas precisas del \u00f3rgano de control\u201d, dijo. De lo contrario se puede \u201cgenerar que los organismos interpretan la ley de forma extensiva, vaga y al barrer\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lanza indic\u00f3 que los organismos no est\u00e1n cumpliendo con una de las exigencias de la ley, que es \u201cla prueba de da\u00f1o\u201d. \u201cComo la publicidad y la divulgaci\u00f3n es la regla, y las excepciones son muy pocas y estrictas, el organismo que declara reservada una informaci\u00f3n debe justificar con datos objetivos por qu\u00e9 se declara reservada esa informaci\u00f3n\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Para Delpiazzo parte del problema es que \u201cfalta capacitaci\u00f3n del personal en cuanto al alcance de la ley y los criterios de clasificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n, as\u00ed como la distinci\u00f3n entre la informaci\u00f3n p\u00fablica (que debe ser transparentada) y los datos personales de que disponen las administraciones p\u00fablicas (que debe ser reservada)\u201d.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Puerto \u201cilegal\u201d<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por considerar que lesiona su derecho a un medio ambiente sano, 23 \u201chabitantes, propietarios y residentes\u201d de la costa de Rocha presentaron&nbsp;un recurso de revocaci\u00f3n contra&nbsp;la resoluci\u00f3n presidencial&nbsp;que habilita la construcci\u00f3n de un puerto de aguas profundas&nbsp;(PAP), ya que entienden que es ilegal.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u201cLa autorizaci\u00f3n de una obra de esta magnitud en la zona puede llegar&nbsp;a lesionar nuestro derecho a un medioambiente&nbsp;sano y equilibrado,&nbsp;nuestro derecho&nbsp;de propiedad, nuestro derecho a la salud, nuestro derecho al trabajo y de esparcimiento&nbsp;y disfrute\u201d, dice el texto presentado a la Presidencia y al Ministerio de Transporte y Obras P\u00fablicas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La resoluci\u00f3n atenta contra el \u201cderecho a un medioambiente sano consagrado por el art\u00edculo 47 de la Constituci\u00f3n, la Ley General de Protecci\u00f3n del Ambiente y la Ley de Impacto Ambiental y su decreto reglamentario\u201d, agrega.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La&nbsp;resoluci\u00f3n 259\/012 del 14 de junio \u201ces ilegal porque desconoce&nbsp;lo&nbsp;que establece el ordenamiento jur\u00eddico\u201d, sostienen, ya que \u201clos estudios t\u00e9cnicos de habilitaci\u00f3n ambiental deber\u00e1n realizarse por la (\u2026) Direcci\u00f3n Nacional de Medio Ambiente\u201d.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"B\u00fasqueda, 26 de julio de 2012 \u2013 Victoria Fern\u00e1ndez La ley de acceso a la informaci\u00f3n p\u00fablica garantiza el derecho de los ciudadanos a acceder a la informaci\u00f3n que est\u00e1 en poder de los organismos del gobierno. 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