{"id":1517,"date":"2012-09-11T00:00:00","date_gmt":"2022-01-26T23:05:42","guid":{"rendered":"http:\/\/localhost\/personal\/cainfo_final\/?p=1517"},"modified":"2022-01-26T20:05:43","modified_gmt":"2022-01-26T23:05:43","slug":"el-centro-de-archivos-y-acceso-a-la-informacion-publica-cainfo-hace-saber-su-preocupacion-por-algunas-senales-de-debilitamiento-de-la-politica-publica-de-acceso-a-la-informacion","status":"publish","type":"post","link":"http:\/\/cainfo.org.uy\/sitio\/el-centro-de-archivos-y-acceso-a-la-informacion-publica-cainfo-hace-saber-su-preocupacion-por-algunas-senales-de-debilitamiento-de-la-politica-publica-de-acceso-a-la-informacion\/","title":{"rendered":"El Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (CAinfo) hace saber su preocupaci\u00f3n por algunas se\u00f1ales de debilitamiento de la pol\u00edtica p\u00fablica de acceso a la informaci\u00f3n"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"wp-block-paragraph\">COMUNICADO \u2013 Montevideo, 11 de setiembre de 2012<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Varios organismos han declarado reservada buena parte de la informaci\u00f3n referida a su gesti\u00f3n, interpretando en forma indeterminada algunas excepciones establecidas por la ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Al respecto CAinfo realizar\u00e1 un estudio de las resoluciones que se han dictado en ministerios y otros organismos p\u00fablicos ante el vencimiento del per\u00edodo establecido por la ley para declarar reservada la informaci\u00f3n (m\u00e1s abajo encuentran art\u00edculo publicado en el diario El Pa\u00eds de este domingo, con declaraciones del director de CAinfo, Edison Lanza).<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Distintos medios de comunicaci\u00f3n se han ocupado del caso del Ministerio del Interior, que ha dictado cinco resoluciones declarando reservada por razones de seguridad la mayor parte de la informaci\u00f3n que produce el organismo. Se trata de un ejemplo en el que no se aplican los criterios establecidos por la ley de acceso a la informaci\u00f3n y su decreto reglamentario para la clasificaci\u00f3n de informaci\u00f3n respetando el principio de m\u00e1xima divulgaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En ese sentido, las resoluciones del Ministerio del Interior y otros organismos no justifican el da\u00f1o concreto que causar\u00eda a la seguridad p\u00fablica, divulgar la informaci\u00f3n declarada reservada, trat\u00e1ndose de un Estado democr\u00e1tico que no se encuentra bajo un estado de excepci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Estas y otras resoluciones de distintos organismos deber\u00edan ser analizadas y eventualmente revisadas por la Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n, de acuerdo a las facultadas para ordenar la apertura de la clasificaci\u00f3n de informaci\u00f3n reservada o confidencial en forma \u201cinadecuada\u201d que le otorga el art\u00edculo 26 del decreto 232\/2010.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ejecutivo revoca resoluci\u00f3n de la UAIP<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">CAinfo tambi\u00e9n quiere informar sobre la reciente resoluci\u00f3n del Poder Ejecutivo que revoc\u00f3 una decisi\u00f3n de la Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica de la Agesic, que hab\u00eda ordenado al Banco Central del Uruguay entregar una informaci\u00f3n sobre los criterios para la clasificaci\u00f3n de riesgo que aplica a las instituciones financieras.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La resoluci\u00f3n determin\u00f3 adem\u00e1s la clausura de una acci\u00f3n de nulidad presentada por el BCU ante el Tribunal de lo Contencioso Administrativo contra la resoluci\u00f3n de la Unidad, que podr\u00eda haber arrojado luz sobre los criterios de transparencia financieros, un elemento clave para una econom\u00eda de mercado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Las decisiones de la UAIP no solo no son vinculantes, sino que pueden ser revocadas por la Presidencia de la Rep\u00fablica, de acuerdo a su posici\u00f3n institucional, lo que le resta autonom\u00eda para hacer cumplir criterios de transparencia en todo el Estado.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Cuando se coloc\u00f3 en esta situaci\u00f3n a la UAIP, CAinfo y otras organizaciones advirtieron de que esto incumple los est\u00e1ndares internacionales en materia de derecho a la informaci\u00f3n. Los \u00f3rganos de control del acceso a la informaci\u00f3n deben gozar de independencia frente a todos los poderes y organismos, y sus decisiones deben ser vinculantes, aunque puedan ser recurribles ante la Justicia. De hecho, as\u00ed funciona el Consejo de la Transparencia de Chile y el Instituto Federal de Acceso a la Informaci\u00f3n de M\u00e9xico, por nombrar dos casos exitosos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A esto se suma la calidad de honorarios de los cargos de direcci\u00f3n de la UAIP y la imposibilidad de proyectar su presupuesto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Consejo Ejecutivo de la UAIP se encuentra desintegrado desde hace tres meses tras la renuncia de una de sus directoras, en un.momento, en el que la UAIP debe revisar las resoluciones de reserva dictadas por todos los organismos estatales, al cierre del plazo legal para hacerlo.<br><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">==========================<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Pa\u00eds, 09 de setiembre de 2012<br><strong>ONG detecta abusos en reserva de informaci\u00f3n; C\u00e1nepa lo niega<\/strong><\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Ministerios y organismos p\u00fablicos han \u00ababusado\u00bb a la hora de rotular informaci\u00f3n p\u00fablica como \u00abreservada o confidencial\u00bb, afirma la ONG CAinfo. El prosecretario de la Presidencia, Diego C\u00e1nepa, defiende las restricciones aplicadas.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los ministerios del Interior y Defensa, y los Bancos Rep\u00fablica y Central, calificaron como \u00abreservada\u00bb o \u00abconfidencial\u00bb pr\u00e1cticamente toda la informaci\u00f3n p\u00fablica que manejan y, de esa forma, la dejaron lejos del alcance del control ciudadano.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El art\u00edculo 9 de la ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (18.381) permite a los organismos estatales declarar confidencial o reservada informaci\u00f3n que cumpla con determinadas condiciones y cuya divulgaci\u00f3n pueda afectar la seguridad p\u00fablica o el funcionamiento de la propia entidad.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">No obstante, el Ministerio del Interior incluy\u00f3 en esa lista pr\u00e1cticamente toda la informaci\u00f3n disponible. Algo similar ocurri\u00f3 con el Banco Rep\u00fablica, el Banco Central y el Ministerio de Defensa Nacional.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Edison Lanza, presidente del Consejo Directivo del Centro de Archivos y Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (CAinfo) dijo a El Pa\u00eds que se han detectado abusos a la hora de restringir el acceso a la informaci\u00f3n. \u00abHoy la realidad es muy heterog\u00e9nea, hay ministerios y organismos que hacen muy bien las cosas y hay otros que no se apegan al principio de transparencia y m\u00e1xima divulgaci\u00f3n que exige la ley. Persiste en el Estado una cultura del secreto, de apropiarse de la informaci\u00f3n p\u00fablica, se desconocen las reglas de clasificaci\u00f3n de la informaci\u00f3n y el esp\u00edritu de la ley\u00bb, sostuvo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">CAinfo har\u00e1 un relevamiento de los criterios aplicados en todo el Estado para reservar la informaci\u00f3n y elevar\u00e1 un informe a la Unidad Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica (UAIP), \u00f3rgano desconcentrado de la Agencia para el Desarrollo del Gobierno de Gesti\u00f3n Electr\u00f3nica y la Sociedad de la Informaci\u00f3n y del Conocimiento (Agesic). La UAIP tiene por cometido garantizar el acceso a la informaci\u00f3n y verificar si las dependencias p\u00fablicas cumplen con la ley. El prosecretario de la Presidencia, Diego C\u00e1nepa, dijo a El Pa\u00eds que es \u00abl\u00f3gico\u00bb que se limite el acceso a \u00abinformaci\u00f3n sensible\u00bb. \u00abLa ley tiene tres a\u00f1os y medio y requiere de un cambio de cultura muy importante en el Estado, esto llev\u00f3 muchos a\u00f1os en otros pa\u00edses, nosotros reci\u00e9n estamos comenzando\u00bb, justific\u00f3. Se\u00f1al\u00f3 que los ministerios del Interior, Defensa o los bancos estatales \u00abtienen fundamentos suficientemente v\u00e1lidos para restringir la informaci\u00f3n, porque la ley no solo permite que un ciudadano uruguayo pida datos sino que cualquiera pueda hacerlo, incluso desde otro pa\u00eds\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lanza dijo que \u00abla declaraci\u00f3n de confidencialidad no se puede hacer al voleo, requiere un proceso que debe cumplir al pie de la letra el decreto reglamentario y adem\u00e1s se debe justificar el motivo de la confidencialidad o reserva porque el da\u00f1o que se pretende evitar con la divulgaci\u00f3n no puede ser mayor al da\u00f1o que se le causa a la ciudadan\u00eda al hacerle perder el poder de control\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lanza dijo que los \u00abgrandes listados\u00bb de algunas dependencias estatales que incluyen informaci\u00f3n vedada al p\u00fablico \u00abson una muestra de la debilidad de la pol\u00edtica de acceso a la informaci\u00f3n\u00bb. \u00abEl ministerio del Interior no deja pr\u00e1cticamente nada para divulgar y tampoco explica por qu\u00e9 esa informaci\u00f3n es tan importante\u00bb, dijo.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">INSTITUCIONAL. La Unidad de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica tiene la misi\u00f3n de garantizar el derecho de acceso de las personas a la informaci\u00f3n p\u00fablica, a trav\u00e9s de la promoci\u00f3n, construcci\u00f3n e institucionalizaci\u00f3n de una cultura de la transparencia y del control del cumplimiento de la ley 18.381.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Sin embargo, el organismo funciona hoy con un Consejo Ejecutivo integrado por dos profesionales que son honorarios y cumplen tareas en otras dependencias del Estado. Hace dos meses renunci\u00f3 una tercera integrante, la Dra. Sonia Sena, y su cargo no ha sido cubierto. Fuentes de la UAIP dijeron a El Pa\u00eds que est\u00e1n \u00abdesbordados\u00bb y carecen de \u00abrecursos materiales y humanos\u00bb para desempe\u00f1ar la tarea.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lanza dijo que el organismo de control tiene una \u00abgran debilidad institucional\u00bb y carece de las potestades necesarias para enfrentar \u00abla burocracia y la cultura del secreto del Estado\u00bb. Puso como ejemplo a M\u00e9xico, que tiene un Instituto Federal con autonom\u00eda y presupuesto propio, y a Chile, con un Consejo con integrantes rentados.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">C\u00e1nepa afirm\u00f3 que el acceso a la informaci\u00f3n constituye uno de los pilares de la Reforma del Estado. \u00abImplementar una estructura adecuada a la ley ha sido un gran desaf\u00edo, los funcionarios del Estado tienen que entender que ahora hay un nuevo protocolo y hay que cumplirlo. Pero creo que no es hora de hacer un balance, todav\u00eda no se cumplieron cuatro a\u00f1os y se ha hecho mucho, hoy los ciudadanos y hasta los legisladores canalizan sus pedidos de informes a trav\u00e9s de la ley porque el plazo es de apenas 20 d\u00edas para responder, y se cumple\u00bb, dijo. Consider\u00f3 que por el contrario habr\u00eda que analizar si la ley no ha sido muy dura con el propio Estado previendo \u00abplazos muy cortos, penas muy duras y el libre acceso a la informaci\u00f3n en cualquier parte del planeta tierra\u00bb.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Lanza cree que lleg\u00f3 el momento de modernizar la ley para mejorar el dise\u00f1o institucional y ampliarla a las sociedades an\u00f3nimas del Estado.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"COMUNICADO \u2013 Montevideo, 11 de setiembre de 2012 Varios organismos han declarado reservada buena parte de la informaci\u00f3n referida a su gesti\u00f3n, interpretando en forma indeterminada algunas excepciones establecidas por la ley de Acceso a la Informaci\u00f3n P\u00fablica. 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